16/3/2016

Acuerdan multa e inhabilitación para conducir por hecho de tránsito

En el Centro Judicial de Santa Rosa se realizó la audiencia de lectura de sentencia  en la causa seguida contra Eduardo Alberto Augustu (28 años), por el delito de lesiones gravísimas culposas por la conducción imprudente o negligente de un vehículo automotor, ocurrido el 15 de Julio de 2012, en la ciudad de Santa Rosa.

El Fiscal Carlos Ordás, calificó legalmente el hecho como constitutivo del delito de lesiones gravísimas culposas en accidente de tránsito (arts. 94 en relación con el 84  segundo párrafo segundo supuesto del C. Penal) y solicitó una pena de (4) cuatro años de Inhabilitación para conducir todo tipo de vehículo automotor y (5) cinco mil pesos ($5.000) de multa.

El día 15 de julio de 2012 a las 06:40 horas, Eduardo Alberto Augustu, circulaba en una camioneta Ford F-100 por calle Alsina de oeste a este, acompañado por Cristian Adrián Correa, en la intersección de la calle Antártida Argentina, colisionó con una motocicleta -Mondial 150 cc.- conducida por Marcos Darío González, como consecuencia del siniestro Marcos Darío González sufrió heridas de consideración, las cuales fueron calificadas por el médico forense como gravísimas, toda vez que las mismas pusieron en peligro su vida. El tiempo de curación fue mayor a un mes calendario. Las heridas le produjeron a Marcos Darío González, inhabilitación permanente para efectuar sus tareas habituales, como así la pérdida del miembro inferior derecho.

La resolución del Juez, fue dictada a raíz de un Acuerdo de Juicio Abreviado elevado en forma conjunta por el Fiscal, el defensor particular José Mario Aguerrido, el querellante Marcos Darío González, la letrada patrocinante Natalia Giunchi y el imputado Augustu, quien admitió la autoría del hecho y aceptó la pena impuesta.

El Juez de Audiencia de Juicio Carlos Alberto Mattei, condenó a Eduardo Alberto Augustu, a la pena de ($ 5.000) cinco mil pesos de multa y (4) cuatro años de inhabilitación para conducir todo tipo de vehículo automotor, como autor material y penalmente responsable de los delitos lesiones gravísimas culposas en accidente de tránsito.

Prensa MPF


Volver arriba