11/9/2015

El TIP confirmó condenas a penas de prisión efectiva en caso de robo de soja

Mediante Fallo de fecha 31 de agosto del año en curso, los Jueces Sáez Zamora y Mattei, constituyendo Sala "ad hoc" del Tribunal de Impugnación Penal, rechazaron el recurso de impugnación interpuesto por el abogado defensor Armando Agüero, respecto de sus defendidos Luis Alberto CORREA y Fernando Daniel SOLER, y en consecuencia confirmó sus condenas a penas de prisión de efectivo cumplimiento por el hecho ilícito contra la propiedad cometido en un predio rural.

Antecedentes del caso:

El Juez de Audiencia de la Segunda Circunscripción Judicial, Dr. Alfredo Alonso, mediante Fallo N° 318 de fecha 23 de abril del año 2014, condenó a Luis Correa como autor material y penalmente responsable del delito de Hurto calificado, a la pena de tres años y seis meses de prisión de efectivo cumplimiento, revocando la libertad condicional que venía gozando en función de una condena anterior, y condenándolo -como sentencia única abarcativa de la parte de esa pena anterior que le quedaba por cumplir- a la pena de cinco años de prisión, declarándolo reincidente; asimismo, condenó a Fernando Soler a la pena de tres años y seis meses de prisión efectiva, por el mismo delito. 

Conforme el fallo precitado, el Juez Alonso tuvo por probado con grado de certeza, tomando en cuenta las evidencias reunidas por el FISCAL ALEJANDRO ENRIQUE GILARDENGHI y el FISCAL ADJUNTO MAXIMILIANO BOGA DOYHENARD, ambos a cargo de la causa, que los encausados cometieron el siguiente hecho ilícito:

Haber ingresado, entre las 21 horas del día 11 de diciembre de 2012 y las 12:00 horas del día siguiente, al predio rural denominado “El trece”, el cual se encuentra sobre la vera de la Ruta Provincial Nº4, y previo romper la cadena del tranquerón de acceso al mencionado campo, se dirigieron hasta los silos bolsa que contenían granos de soja. Cortaron un alambre y con posterioridad cargaron el cereal almacenado con la utilización de un chimango, el cual aproximadamente totalizaría algo más de 60 toneladas de soja. En la maniobra descripta y en el transporte de granos intervinieron tres camiones; asimismo contaron con el apoyo de dos rodados de menor porte.

En virtud del recurso de impugnación presentado por el representante del MPF, en disconformidad con el encuadre típico y la pena aplicada por el Dr. Alonso, la Sala A del TIP, integrada por los magistrados Pablo Balaguer y Carlos Flores, mediante Fallo 18/14 del 13 de agosto de 2014 revocó ciertos puntos de la sentencia mencionada, de modo que Soler y Correa fueron finalmente condenados por el delito de Robo calificado por su comisión en despoblado y en banda, a la pena de seis años de prisión efectiva, que en el caso de Correa se elevó a siete años y seis meses, dado que se computó lo que le resta por cumplir de la pena a la que fue condenado en esa causa anterior, revocándose su libertad condicional, con declaración de reincidencia.

La defensa técnica de los nombrados, a cargo del Dr. Armando Agüero, interpuso recurso de impugnación contra dicho fallo condenatorio del TIP, peticionando que el mismo Tribunal, integrado por otros jueces, revise tal pronunciamiento, a fin de garantizar el derecho al doble conforme de sus representados. Por tal motivo, se conformó en el TIP una Sala "ad hoc", compuesta por los jueces Carlos Alberto Mattei y Daniel Sáez Zamora, quienes analizaron dicho recurso y pronunciaron el Fallo N° 24/15, de fecha 31 de agosto del corriente, conforme al cual rechazaron la impugnación del abogado Agüero, confirmando en consecuencia las condenas dictadas por los Dres. Balaguer y Flores respecto de los autores del hecho.

Foto principal: gentileza diario digital La Reforma.

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