25/3/2015
Robo agravado: 3 años de prisión de ejecución condicional para imputados
La Justicia condenó a Orlando Javier Kees y Diego Fabián Rosales a la pena de tres años de prisión de ejecución condicional. Fueron declarados culpables por el delito de robo agravado por el uso de armas, cuya aptitud para el disparo no pudo ser acreditada, y por haber sido cometido en despoblado. El hecho se registró a fines de mayo del año pasado.

La sentencia (17/2015) fue dictada recientemente por el Juez de Control de General Acha, Héctor Alberto Freigedo, quien además impuso a los condenados que por el término de cuatro años tendrán que cumplir con diferentes reglas de conductas, según lo establecido por el artículo 27 bis del Código Penal. Estas consisten en: fijar residencia y someterse al cuidado de un Patronato; abstenerse de relacionarse con determinadas personas, de usar estupefacientes, y abusar de bebidas alcohólicas.
En otros de los puntos del fallo condenatorio, el Juez Freigedo ordenó que se practique a través de la Oficina Judicial el cómputo de pena, y oportunamente se remita copias del expediente al Juzgado de Ejecución Penal con asiento en la capital pampeana.
Abreviado.
El Tribunal adoptó esa resolución a partir del acuerdo de juicio abreviado presentado por el Fiscal Juan Bautista Méndez -intervino en la causa-, el Defensor Particular Sebastián Mendiara, además de los imputados Orlando Javier Kees y Diego Fabián Rosales.
De la audiencia llevada a cabo a esos efectos, también surgió la conformidad prestada a la solicitud hecha por la Fiscalía, tanto por los imputados, como por su representante legal. No solamente reconocieron la existencia de los hechos por los que se los enjuició, al igual que la autoría, sino que a su vez, manifestaron estar de acuerdo con la pena requerida e informada.
Por esa razón, una vez analizado las pruebas acopiadas en el legajo de investigación que el Ministerio Público Fiscal (MPF) inició contra los implicados, el 24 de febrero de este año se declaró admisible el procedimiento de juicio abreviado, por lo que se fijó fecha para el dictado de sentencia.
Hecho.
El 26 de mayo de 2014, en el interior de una chacra propiedad de Darío Herpsomer, -ubicada en calle que pasa por enfrente de Durlock, distante a 10 o 15 kilómetros de General Acha-, Orlando Javier Kees y Diego Fabián Rosales, sustrajeron a Aldo Hugo Gallo la billetera, dos teléfonos celulares (un Blackberry y un Nextel), y 5 mil pesos que tenía en la guantera de la camioneta.
Para lograr su cometido, Kees y Rosales, intimaron a Gallo mediante el uso de un revólver -cuya aptitud para el disparo no pudo ser comprobada-, y la utilización de otros elementos (como una picana, franco con líquido transparente, una jeringa de plástico, agujas largas, un frasco que decía “formol”, con amenazas que si le inyectaban eso, se iba a agarrar cáncer. Además, dijeron que conocían a su familia (mujer e hija). La intención era lograr una suma de dinero que Luis Flores llevaba consigo, en el cruce de la ruta nacional 35 que va hacia Alpachiri, lo que finalmente no se consumó.