27/2/2020
Acompañante terapéutico condenado por Defraudación, Estafa y Hurto simple
El imputado fue condenado a la pena de tres años de prisión en suspenso. Además, deberá pagar quince cuotas de veinte mil pesos y devolver elementos sustraídos a la damnificada. En la causa intervino el fiscal General, Máximo Paulucci, y la fiscal Adjunta, Cecilia Molinari

Un joven de 22 años fue condenado a la pena de tres años de prisión en suspenso por resultar autor material y penalmente responsable de los delitos de defraudación por el uso de datos no autorizados de tarjeta de débito en 55 oportunidades en concurso material entre sí; en concurso real con Estafa en tres oportunidades concursando en forma real entre sí; las que a su vez concursan en forma material con el delito de Hurto simple por hechos ocurridos en perjuicio de una adulta mayor.
El imputado obtuvo los datos de las tarjetas de débito por haber sido empleado, realizando tareas de acompañamiento a una señora de 91 años, durante un período aproximado de seis meses hasta los primeros días de noviembre, fecha en que dejó de asistir de forma intempestiva. En el período en que trabajó en el domicilio, le sustrajo varios elementos; utilizó dos tarjetas de débito para realizar 55 compras en comercios de esta ciudad, como así también en páginas web; realizó dos transferencias desde la cuenta de la víctima; y aprovechando la relación de confianza que mantenía con su empleadora, mediante engaños, en los primeros días del mes de noviembre, la llevó a una sucursal de Banco de La Pampa para que retire 180 mil pesos, suma que se apoderó guardándola en su mochila. Este último hecho quedó registrado por las cámaras de seguridad ubicadas en el interior de la entidad bancaria.
El conflicto penal se resolvió mediante un acuerdo abreviado propuesto por los defensores Particulares, Guillermo y Simón Barreto, y el imputado, quien reconoció la existencia de los hechos por los cuales se lo enjuicia, como su autoría. La Fiscalía de Delitos Económicos y Delitos contra la Administración Pública, a cargo del fiscal General, Máximo Paulucci, y la fiscal Adjunta, Cecilia Molinari, aceptaron esta modalidad de salida alternativa con la condición de que el imputado pague el daño ocasionado a la damnificada y devuelva los objetos sustraídos.
Por el plazo de dos años, el joven deberá cumplir las siguientes reglas de conducta:
a) Fijar domicilio del que no podrá ausentarse sin conocimiento o autorización de la autoridad judicial correspondiente, sometiéndose al cuidado y control de la Unidad de Abordaje, Supervisión y Orientación de personas en conflicto con la ley penal, dependiente del Ente de Políticas Socializadoras.
b) Abonar quince cuotas mensuales y consecutivas de veinte mil pesos, las que deberán ser abonadas ante la Unidad Fiscal interviniente, debiendo luego ser entregadas a la víctima.
c) Hacer entrega de los elementos secuestrados (muebles e indumentaria masculina) a la víctima.
La jueza de Control Florencia Maza fue quien dictó la sentencia.