14/10/2014
Traumatólogo condenado por abuso sexual de dos pacientes
El día 25 de septiembre de este año, a través del Fallo N° 375, el Juez de Audiencia de General Pico, Dr. Carlos Federico Pellegrino, constituyendo un Tribunal Unipersonal, resolvió condenar al Luis Ernesto CORVALÁN (de profesión Traumatólogo), a la pena de Un Año y Seis meses de prisión, de ejecución condicional (art. 26 C.P.), por hallarlo autor material y penalmente responsable del delito de Abuso sexual simple, por dos hechos, en Concurso Real (arts. 119 primer párrafo y 55 del C.P.), imponiéndole, asimismo, como reglas de conducta, y por el término de dos años (cfr. art. 27 bis C.P.), la obligación de constituir domicilio y someterse al control de un Patronato de Liberados, la prohibición de acercamiento a un radio no menor de 200 metros con respeto al domicilio de las víctimas, y abstenerse de cualquier tipo de contacto o comunicación con las mismas.

En el marco del Legajo N° 12.036 -Ministerio Público Fiscal c/ Corvalán, Luis Ernesto s/ Abuso Sexual simple reiterado, en concurso real-, a cargo de la Fiscal Ana Laura Ruffini, se llegó a un entendimiento entre dicha representante del MPF de la Segunda Circunscripción Judicial, el imputado y su abogado defensor Dr. Ariel García, para finiquitar la causa a través del instituto del Juicio Abreviado, regulado en el art. 377 y stes. del Código Procesal Penal. Así, Corvalán (asistido técnicamente por su letrado) aceptó la autoría y culpabilidad en los hechos investigados, las evidencias que sustentaban la imputación y, por último, la pena en cuestión. De tal forma, se presentó el acuerdo ante la Oficinal Judicial, el 12 de septiembre pasado, firmado por la Fiscal, Corvalán y el abogado García, resolviendo el Juez Pellegrino, previo realizarse la audiencia "de visu" con el encausado (prescripta por el código de rito), fallar en los términos consignados anteriormente, aceptando la totalidad de las circunstancias fácticas y jurídicas que surgían del acuerdo.
Los ilícitos por los que se abrió esta causa, respecto de Luis Corvalán, y conforme a los cuales resultó condenado, son los siguientes: a) haber abusado sexualmente de una paciente, el día 26 de agosto del año 2013, alrededor de las 19:30 horas, en el consultorio en el que el imputado se desempeñaba como Traumatólogo, ubicado en el Hospital Virgilio Tedín Uriburu de la localidad de Realicó, emplazado en calle España Nº 1753 de ese medio; b) en las mismas circunstancias de modo y lugar, haber abusado sexualmente de otra paciente, en el mes de septiembre u octubre del año 2012 (no pudiéndose establecer fecha y horario precisos); en ambos casos, en oportunidad en que dichas mujeres concurrieron al consultorio por una consulta debido a sendas dolencias físicas.
En esas ocasiones, las conductas delictivas del encausado consistieron en “manoseos” o “tocamientos”, con clara connotación sexual, en partes íntimas del cuerpo de las víctimas, quienes decidieron radicar la denuncia ante la comisaría de su localidad. Las damnificadas habían ido al consultorio de referencia en calidad de pacientes, siendo la primera vez que lo hacían.
La condena de Luis Corvalán quedó firme, por lo que las actuaciones pertinentes ya se encuentran en manos del Juez de Ejecución Penal de General Pico, Dr. Mauricio Pascual, a los fines del trámite del control de ejecución de la pena impuesta y sus reglas de conducta.