9/10/2014

El Tribunal de Impugnación Penal confirmó la pena de Jésica Vanesa Pérez

La Sala “B” del Tribunal de Impugnación Penal confirmó las imposición de pena de (8) años de prisión a Jésica Vanesa Pérez (24 años), por el homicidio de quién fuera su pareja, Juan Emilio Cisneros (24 años), el 11 de marzo de 2012 en el barrio Matadero de Santa Rosa.

La condena a ocho años de prisión es la que había solicitado el Ministerio Público Fiscal, representado por la Dra. Cecilia Martiní.

La Defensora oficial, Dra. Cristina Albornoz fue quién interpuso un recurso general de impugnación, solicitando que se revoque la Sentencia.

La Sala “B” del Tribunal de Impugnación Penal fue integrada por los Jueces Dr. Carlos Flores y el Dr. Filinto Rebechi , asistidos por la Dra. María Elena Gregoire.

Los jueces establecieron, que hasta que quede firme la sentencia, Jésica Vanesa Pérez siga manteniendo la prisión domiciliaria. La audiencia no fue formalizada.

Jesica Vanesa Pérez fue condenada por el delito de homicidio simple, en la sentencia del viernes 11 de Julio de 2014.

Recordemos que en su alegato, la Fiscal Dra. Cecilia Martiní, sostuvo que no hubo emoción ni legítima defensa. La violencia de género no es causa para llegar a matar. Acreditado el hecho y confeso la autoría, la Fiscal desestimó que Jésica Vanesa Pérez haya actuado con el único "detonante" del robo del televisor y consideró que también existió un "condimento" de celos porque Cisneros había iniciado un relación con otra mujer. "No quedó acreditada que ella iba nublada o perturbada emocionalmente", sostuvo para rechazar el atenuante de la emoción violenta. "No hay lagunas en su relato. Tampoco conductas ilógicas posteriores... cometió un hecho e intentó evadirse", explicó.

Según la Fiscal Dra. Cecilia Martini, Jésica Vanesa Pérez obró en pleno dominio de sus facultades. Si bien concedió que "tal vez no lo quería matar y quiso darle un susto", aclaró que "la voluntad de querer agredirlo con un cuchillo está acreditada".

Sobre el estado de vulnerabilidad social y riesgo extremo de Jésica Vanesa Pérez, admitió que "es indiscutible" pero advirtió que "no era generada solo por Emilio" y la violencia de género "son versiones pero no hay denuncias". La Fiscal rechazó la figura de una legítima defensa porque la puñalada no fue una reacción inmediata al robo del televisor -recorrió 23 cuadras- y no existió un motivo relevante porque "no se puede comparar una vida con un televisor". Sobre la legítima defensa, indicó que no hubo respuesta a una agresión ya que Cisneros abrió la puerta entre dormido antes de recibir el ataque.

Al final, la Fiscal reconoció que la de Pérez es "una historia muy triste" que el tribunal deberá valorar al momento de fijar la pena, aunque hizo mención que también había un estado de vulnerabilidad social en el caso de la víctima.

Por su parte, la defensora oficial Dra. Cristina Albornoz, en su alegato, había coincidido con la Fiscal en que el hecho quedó acreditado y confeso. Pero solicitó la absolución por legítima defensa y, en forma subsidiaria, la aplicación de una pena mínima por el atenuante de haber actuado bajo emoción violenta.

Recordó el relato de una violencia física y emocional permanente que hizo la propia acusada y también los profesionales y asistentes sociales de organismos públicos que tenían contacto con la pareja.
La Defensora consideró que subyacen "prejuicios machistas" de discriminación a las víctimas que llegan a juicio, según plantea la publicación "Mujeres que matan". "La falta del televisor fue una agresión más en una cadena de violencia", manifestó. "Se encontraba en un estado de agresión permanente. En ese contexto comete ese hecho", sostuvo.

Según la Defensora, Pérez actuó en legítima defensa porque, para una víctima de violencia de género permanente, "el mínimo gesto es indicador de la agresión que se avecina". Desestimó, además, la supuesta falta de "racionalidad" en el medio empleado para defenderse, un cuchillo, ya que hay antecedente de fallos absolutorios recientes que sostienen que ese criterio no puede tomarse cuando una mujer enfrenta a un hombre. En forma subsidiaria, la Defensora había solicitado a los Jueces que tomen como atenuante la emoción violenta. "Ella sabía lo que hacía. Pero estaba presa de una conmoción en el ánimo que eliminó los frenos inhibitorios", señaló.

El Hecho:

El día 11 de marzo de 2012, aproximadamente a la hora 8:30, Yesica Vanesa Pérez golpea la puerta de la vivienda ubicada en Pasaje Corralero, entre Congreso y Paul Harris, lugar donde se encontraba durmiendo Luis Juan Emilio Cisneros, y luego de encontrarse con el nombrado, le propinó una puñalada con una cuchilla a la altura del pecho, provocándole la muerte. Luego Yesica Vanesa Pérez se retira del lugar en una bicicleta de pase, o color oscura, siendo interceptada y detenida por efectivos policiales cuando transitaba por calle Juan XXII.
En el Juicio Oral y Público Jésica Vanesa Pérez, la mujer contó que llevaba un cuchillo para defenderse porque cada vez que se encontraba con Juan Emilio Cisneros, él le pegaba. Aseguró que cuando llegó a la casa él le pidió que se vaya porque la iba a "cagar a tiros". "Yo le tiré con un cuchillo, lo lastimé y me fui", dijo Jésica Vanesa Pérez, y contó que después se enteró que lo había matado. "Nunca quise hacer eso", confesó.
Jesica Vanesa Pérez es madre de dos hijos, (6 y 9 años). De pequeña sus padres abandonaron a los hermanitos y ella a los seis años fue internada en una escuela hogar en Carhué en la provincia de Buenos Aires. Se escapó y a los 12 años, en situación de calle, pidiendo para poder comer. Luego comenzó a prostituirse para poder sobrevivir. Estuvo internada en un hogar de menores y en el Programa Guadalupe para recuperarse de sus adicciones. A los 18 años conoció a Juan Emilio Cisneros. La convivencia duró cuatro años. Fue un tiempo marcado por la violencia de género.

Prensa MPF



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