25/3/2019
Defensa Pública: Derecho al trabajo
La Defensa Pública de la Pampa, mediante la actuación de la Defensoría en lo Civil nº 1, a cargo de la Defensora Sustituta, Dra. Carina Ganuza, obtuvo fallo favorable en la representación de los derechos de vendedores y vendedoras de puestos fijos del centro santarroseño. Ello, en lo que respecta a la medida cautelar de no innovar presentada contra la municipalidad de Santa Rosa y la confirmación de la procedencia de la instancia judicial para resolver el amparo constitucional.

La Sala 2 de la Cámara de Apelaciones en Civil, Comercial y de Mineria resolvió, por unanimidad, hacer lugar a la medida cautelar de no innovar, lo cual implica que la Municipalidad de Santa Rosa deberá abstenerse de llevar adelante cualquier acción que contravenga los derechos de los amparistas, tal y como estaban contemplados en la norma que regulaba su actividad antes de su derogación.
El Tribunal, a su vez, confirmó la instancia judicial intentada por la Defensa Pública, en base a considerar que el planteo de Amparo Constitucional no exige, como requisito previo, agotar la via administrativa. En base a ello, ordenó al Juzgado en lo Civil, Comercial y de Mineria nº 3 resolver la cuestión de fondo en el amparo presentado. En ese sentido, el juez de primera instancia deberá avocarse a dar respuesta a la presentación de la defensa, mediante la cual se reclama la declaración de inconstitucionalidad del art. 2 de la ordenanza 5460/16, que derogó parcialmente la norma que regulaba la actividad de las y los vendedores ambulantes de artículos varios, con parada fija. Debido a que dejó sin regulación esta forma de trabajo, que se encontraba comtemplaba en la Ordenanza y resolución 537/11.
Prensa MPD