1/10/2018
Un hombre amenazó a su ex pareja y otro aprovechó la inmadurez sexual de la víctima
Las causas están a cargo del Fiscal Andrés Torino, perteneciente a la fiscalía de Violencia Familiar y de Género. Uno de los imputados fue condenado por amenazas simple a 8 meses de prisión efectiva. El otro a 3 años de prisión en suspenso y 3 años de cumplimiento de normas de conducta.
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Primer caso:
El imputado se encontraba junto a su ex pareja, en horas de la tarde, en la vivienda que compartían, ingiriendo bebidas alcohólicas. En un momento, este hombre comenzó a efectuar distintas manifestaciones intimidatorias hacia la víctima produciendo en la mujer temor. La denunciante se retiró del lugar y regresó al domicilio al caer la noche con la ayuda de presencia policial.
El accionar del denunciado fue calificado como constitutivo del delito de amenazas simples, en calidad de autor, valorados en el marco de la Ley 26485 de Protección Integral contra la Mujer. Se le impuso la pena de 8 meses de prisión de efectivo cumplimiento declarándolo reincidente conforme a los antecedentes que registra, sin costas.
Segundo Caso:
El denunciado mantuvo relaciones sexuales con acceso carnal con una adolescente de 13 años, aprovechándose de su inmadurez sexual, dada su edad y la relación existente entre ambos.
El delito realizado por este hombre, fue calificado como abuso sexual aprovechándose de la inmadurez de la víctima dado la edad del imputado y su relación de preeminencia respecto de la víctima en forma continuada.
Respecto a la pena, en consideración a la naturaleza de los hechos, las circunstancias de tiempo, modo y lugar de comisión, las condiciones personales del imputado, se lo condenó a 3 años de prisión en suspenso. También deberá cumplir 3 años de las siguientes reglas de conductas: fijar residencia; someterse al Ente de Políticas Socializadoras de la Provincia de La Pampa; abstenerse de relacionarse de modo alguno, personalmente, por teléfono ni por ningún otro medio virtual (mensajes de textos internet) con la menor, ni acercarse a una distancia menor de 200 metros de ella y de su domicilio.
Prensa MPF