7/11/2018
El rol de la Defensa Oficial y la Salud Mental
"En esas desveladas noches de las que te hablo, pienso, también, en el intransferible y perpetuo aprendizaje de los revolucionarios: perder, resistir. Perder, resistir. Y resistir. Y no confundir lo real con la verdad". (Andrés Rivera, La revolución es un sueño eterno).

Como es de público conocimiento, y se refleja en la innumerable cantidad de resoluciones, capacitaciones e intervenciones que la Defensoría General ha tenido en materia de Salud Mental, queda claro que dicha problemática, que abarca Derechos Humanos de sujetos históricamente invisibilizados y violentados, es un objetivo y una prioridad estratégica del Organismo a mi cargo.
Durante más de siete décadas, las rutinas y las prácticas hegemónicas en nuestra provincia han sido compatibles con una visión feroz de un padecimiento que la Defensoría ha decidido iluminar, sobre todo a partir del funcionamiento del Órgano de Revisón, en concordancia con lo que establecen la LSM y el propio Código Civil después de la última reforma. Esas lógicas, lamentablemente, superviven, y nuestra tarea consiste, justamente, en intentar revertir esas concepciones.
La Salud Mental, un Derecho Humano sin marquesinas, opacado, silenciado, mancillado, es la segunda gran cruzada de la Defensoría después de la histórica conquista de la denominada "repatriación" de los presos pampeanos, que insumió años.
Por lo tanto, la Defensoría General, y todos sus funcionarios y defensores, deberán apegarse a lo que denominamos la "doctrina de la creatividad contingente" y nunca hacer de la falta de recursos o dispositivos un problema insoluble o paralizante, sino una cuestión a pensar y resolver con creatividad y compromiso.
Nuestra tarea, igual que como ocurriera con la problemática de los reclusos, no es "gestionar" ni "litigar" (horrendo léxico colonial emergente del Consenso de Washington) solamente, sino asumir una tarea destinada a contribuir a la emancipación de un colectivo por demás vulnerable. Para que se tenga una idea de la magnitud y la escala de la tarea que asumimos, debemos decir que no de cuatro pampeanos en usuario de SM. De manera tal que el burocratismo y el ritualismo no están admitidos en esta materia, como en ninguna otra que implique la vulneración de DDHH. En ese sentido, es necesario distinguir qué demanda constituye una urgencia y cuál no. TODAS las que se enmarquen en cuestiones de DDHH lo son.
La DG se ha expresado así en múltiples oportunidades. Y en ese cauce debemos estar atentos y distinguir lo que significa un reclamo meramente administrativo de un requerimiento ante autoridades o agencias del estado cuando ese planteo se relaciona, precisamente, con DDHH.
El Plan de Acción del Órgano de Revisión Nacional incluye, entre otras tareas, "Promover la articulación intra e inter institucional destinada a mejorar las condiciones para el cumplimiento de la LNSM 26 657" y "Establecer líneas de cooperación técnica y articulación con la Dirección Nacional de Salud Mental y Adicciones (DNSMyA)". De esto se trata.
Todas las cuestiones que se nos quieran formular serán atendidas, incluso y muy especialmente las consultas en esta temática. Estaremos complacidos de poder hacerlas. Y seremos además inclaudicables en esta nueva épica. Porque, si no lo somos, estaríamos renunciando a los objetivos de transformar la realidad de los colectivos de "dolientes" (como los denominamos). En este caso, los usuarios del sistema. Un sujeto político, una categoría social que nos desvela. Nada será igual después de nuestra intervención. Eso solo, debería enorgullecernos. Habremos trabajado, bregado, luchado por un "otro" sufriente.
Nuestra misión no es vencer. Es asumir el desafío y estar a su altura.