27/11/2017

Prisión de efectivo cumplimiento por el delito hurto

En el Centro Judicial de Santa Rosa se realizó la audiencia de lectura de sentencia en la causa seguida  a Gustavo Ariel Cools (27 años), por el delito de hurto simple.

El Fiscal, Carlos René Ordás, calificó el accionar de Cools, como constitutivo del delito de hurto simple, reiterado en tres (3) oportunidades (Art. 162 del C.P.), todo en concurso real (Art. 55 del C.P.), en carácter de autor (Art. 45 del C.P.) y solicitó una pena de (1) un mes de prisión, sin costas (arts. 377, 382 y 475 del CPP). 

Considerando además, que pesa sobre Cools, una condena de (8) ocho meses de prisión de efectivo cumplimiento, el Fiscal solicitó la unificación de la pena y en definitiva se condene Gustavo Ariel Cools a la pena única de nueve (9) meses de prisión de efectivo cumplimiento, sin costas (Arts. 377, 382 y 475 del C.P.P.).

El día 13 de agosto de 2016, a las 19:50 horas, Cools sustrajo en una farmacia, ubicada en la calle Hipólito Yrigoyen de la ciudad de Santa Rosa,  sin fuerza un perfume.

El día 26 de mayo de 2017, a las 12:25 horas, Gustavo Ariel Cools sustrajo de una farmacia ubicada en Av. Uruguay de la ciudad de Santa Rosa, una pulsera de oro y plata trenzada.

El día 29 de septiembre de 2017, a las 18:50 horas, Cools sustrajo de un local comercial ubicado en la Av. San Martín de la ciudad de Santa Rosa, sin fuerza ni violencia, una gorra.

El Defensor oficial es Martín García Ongaro.

El Juez, Carlos Matías Chapalcaz, condenó a Gustavo Ariel Cools, a la pena de un (1) mes de prisión de efectivo cumplimiento por el delito hurto simple, reiterada  en tres (3) oportunidades (Art. 162 del C.P.), todo en concurso real (Art. 55 del C.P.), en carácter de autor (Art. 45 del C.P.), y unificó la pena impuesta el día 06 de septiembre de 2017, a la pena única de nueve (9) meses de prisión de efectivo cumplimiento, sin costas (Arts. 377, 382 y 475 del C.P.P.).

Prensa MPF


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