26/10/2017
Prisión por lesiones leves agravadas, cometidas con exceso en el ejercicio de su autoridad
En el Centro Judicial de Santa Rosa se conoció la sentencia en la causa seguida a Adrián Esteban Watson (32 años), por los delitos de lesiones leves agravadas por el uso de arma de fuego y por ser miembro de la fuerza policial, cometidas con exceso en el ejercicio de su autoridad o cargo.
El Fiscal General, Guillermo A.Sancho, fundamentado en las evidencias existentes, calificó el accionar de Adrián Esteban Watson, como constitutiva del delito de lesiones leves agravadas por el uso de arma de fuego y por ser miembro de la fuerza policial, cometidas con exceso en el ejercicio de su autoridad o cargo (arts. 89, 92, 41 bis.,34 inc.4º y 35 del C. Penal) y solicitó una pena de (5) cinco meses de prisión de ejecución condicional, con costas, (arts. 26, 377, 382 y 475 del C.P.P, arts. 40 y 41 del C.P.) y el cumplimiento de reglas de conducta por el término de dos años, previstas en el art. 27 bis, inc. 1º del C.P., consistente en fijar residencia y someterse al Ente de Políticas Socializadoras y Unidad de abordaje, supervisión y orientación para personas en conflicto con la ley penal.
El día 9 de agosto de 2015, en la intersección de las calles Pampa y avenida Belgrano de la ciudad de Santa Rosa, los empleados policiales Watson y Roberto Nicolás Rosignolo, interceptaron una motocicleta marca "Honda", 110 cc, conducida por Nicolás Alejandro Fernández, decidiendo escapar de la persecución policial porque no tenía carné de conducir y transitando en contramano por varias calles del barrio de Villa Alonso hasta que Watson efectuó –desde el interior del vehículo– disparos con postas de goma con una escopeta tipo ‘Maverick’, que impactaron en ambas piernas de Fernández, provocándole lesiones a la altura de los gemelos.
El Defensor particular es José Mario Aguerrido.
Las partes presentaron un acuerdo de Juicio Abreviado, el que fue declarado admisible en los términos del artículo 378 del Código Procesal Penal.
El Juez de Audiencia, Gastón Boulenaz, condenó a Adrián Esteban Watson, a la pena de (5) cinco meses de prisión de ejecución condicional, con costas (arts.26, 377, 382 y 475 del C.P.P. arts. 40 y 41 del C.P.) y el cumplimiento de reglas de conducta por el término de (2) dos años las de fijar residencia y someterse al Ente de Políticas Socializadoras y Unidad de abordaje, supervisión y orientación para personas en conflicto con la ley penal. (Art. 27 bis. Inc. 1º del C.P.), por ser autor material y penalmente responsable de los delitos de lesiones leves agravadas por el uso de arma de fuego y por ser miembro de la fuerza policial, cometidas con exceso en el ejercicio de su autoridad o cargo (arts. 89, 92, 41 bis., 34 inc.4º y 35 del C. Penal) y absolvió a Roberto Nicolás Rosignolo de los delitos por los que resultara acusado, tras quedar demostrado que su compañero fue el único que había disparado.
La Resolución señala que la conducta de Watson, “independientemente de su tipicidad, no importa un menoscabo para la investidura de la institución policial a la que pertenece”.
Prensa MPF