21/10/2017
Formalizaron investigación por el delito de “coacción agravada”
En el Centro Judicial de Santa Rosa se realizó una audiencia de formalización en la investigación fiscal preparatoria en la causa seguida contra Marcelo Valle (43 años), Rubén Gustavo Bernardo (47 años) y Joan Christelle Santos Martin (22 años), orden a la presunta comisión del delito de coacción agravada.

La Fiscal, Cecilia Martini, presentó el caso y comunicó a los imputados Valle, Bernardo y Santos Martin, por los hechos ocurridos en distintas fechas y calificó el accionar por el delito de coacción agravada (Arts. 149 bis, 2º párr. y 149 ter 1º sup., Inc. 1º del C.P.), concursando materialmente entre sí (Art. 55 del C.P.). Rubén Gustavo Bernardo y Joan Christelle Santos Martin por la portación de arma de fuego de uso civil condicional sin la debida autorización (Arts. 189 bis, inc 2do 3º supuesto del C.P.). Marcelo Valle por la tenencia de arma sin la debida autorización (Art. 189 bis Inc 2do, 2do supuesto del C.P.). Bernardo y Santos Martin por el delito de coacción simple (Art. 149 bis, 2º párr. 2º supuesto del C.P.). Las calificaciones son provisorias y solicitó la prisión preventiva de los imputados hasta la finalización del proceso por entender que se presentan peligros de fuga y obstaculización, así como de persistencia en su accionar o de influencia en las partes damnificadas para que las mismas se comporten de manera reticente o declaren falsamente, art. 252 inc 1ro e inc. 4to, art 253 inc. 1ro, 2do, 3ero y 4to, art 93 inc. 3ro.
Se les imputa cuatro hechos contra una de las víctimas, por una deuda.
Los Defensores particulares son José Boris Vlasich (Marcelo Valle) y Gastón Gómez (Bernardo y Santos Martín).
El Juez, Gabriel Tedín, formalizó la Investigación fiscal preparatoria seguida contra Marcelo Valle, Rubén Gustavo Bernardo y Joan Christelle Santos Martin, por hechos que habrían acaecido los días 4 de Agosto de 2017, 17 de Agosto de 2017, 19 de Agosto de 2017, 25 de Septiembre de 2017, orden a la presunta comisión del delito de coacción agravada (Art. 149 bis, 2º párrafo y 149 Ter, Inc. 1º del C.P.) por 4 hechos independientes en concurso real (Art. 55 del CP) y por portación de arma de fuego de uso civil condicional (Art. 189 bis inc. 2do, 3er supuesto) en concurso real con los delitos de coacción mencionados y en concurso real con el delito de coacción simple (Art. 149 bis, 2do párrafo del C.P.) y art 55 del CP. Hizo lugar a la prueba jurisdiccional requerida por la Fiscal y dispuso la prisión preventiva de los imputados por el término de 45 días, por entender que se presentan peligros procesales, pudiendo darse el peligro de obstaculización en cuanto a la destrucción o inutilización de medios probatorios.
Prensa MPF