19/10/2017

Prisión por lesiones leves calificadas por la relación de pareja

En el Centro Judicial de Santa Rosa se dictó sentencia en la causa seguida a Armando Guillermo López Fernández (26 años), por el delito de lesiones leves calificadas por la relación de pareja.

El Fiscal, Walter Martos, acusó a López Fernández, del delito de lesiones leves calificadas por la relación de pareja (arts. 92 en relación con el 89 y el 80 inc. 1º del Código Penal), las cuales deben ser valoradas en el marco de la ley 26485 y solicitó una pena de (6) seis meses de prisión de cumplimiento en suspenso, de acuerdo a lo dispuesto en los arts. 355, del Código Procesal Penal y 40 y 41 del Código Penal y (2) dos años de cumplimiento de las reglas de conducta previstas en los incisos 1 y 2 del art. 27 bis del Código Penal.

El día 18 de noviembre de 2016, a las 23.50 horas, López Fernández agredió físicamente a su pareja agarrándola del cuello, tirándola al suelo con una zancadilla, aplicándole un golpe de puño en la fosa nasal y el labio, causándole lesiones.

El Defensor Particular es David Sebastián Ortiz Moises.

El imputado reconoció la existencia y la autoría del hecho que se le endilga.

 La Jueza, María Florencia Maza, condenó a Armando Guillermo López Fernández a la pena de (6) seis meses de prisión en suspenso, por resultar autor material y penalmente responsable del delito de lesiones leves calificadas por la relación de pareja preexistente -arts. 92 en relación con el 89 y el 80 inc. 1º del Código Penal- en un contexto de violencia de género, conforme las disposiciones de la ley 26485, por hecho ocurrido el día 18 de noviembre de 2016, en perjuicio de su ex pareja, con costas (art. 355 del Código Procesal Penal) y le impuso el cumplimiento de reglas de conducta por el término de (2) dos años, bajo apercibimiento en caso de incumplimiento, de revocarle la condicionalidad de la condena impuesta.

Prensa MPF


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