18/10/2017

Delito de lesiones leves calificadas por la relación de pareja

En el Centro Judicial de Santa Rosa se conoció la sentencia en la causa seguida a Jorge Abel Becerra (41 años), por el delito de lesiones leves calificadas por haberse perpetrado en un contexto de violencia contra las mujeres y por haber mantenido una relación de pareja. 

El Fiscal, Marcos Hernán Sacco, calificó el accionar de Becerra en los delitos de lesiones leves calificadas por haberse perpetrado en un contexto de violencia contra las mujeres y por haber mantenido una relación de pareja en concurso real con violación de domicilio y daño simple (artículos 89 en relación con el 92 y 80 inciso 1º, 150, 183, 55 y 45), todo ello enmarcado en la Ley 26485 de Protección Integral a las Mujeres; concursando en forma real con el delito de lesiones leves (artículo 89 y 55 del Código Penal) y solicitó una pena a cumplir de (1) un año y (6) seis meses de prisión de suspenso y (2) dos años de cumplimiento de las reglas de conductas previstas por el art. 27 bis inc. 1º, 2º y 6º del C.P, consistentes fijar residencia, someterse al cuidado de la Unidad de Abordaje Orientación y Supervisión de personas en conflicto con la ley penal, abstenerse de relacionarse de modo alguno, personalmente, por teléfono ni por ningún otro medio virtual (mensajes de textos Internet) con su pareja como así restricción absoluta de acercamiento a una distancia no menor a 200 metros del domicilio de la víctima y someterse a un tratamiento psicológico relacionado con la problemática por el cual es condenado en caso de recomendación médica, sin costas (Arts. 40 y 41 del CP; 355, 474, 475 del C.P.P.).

El día 09 de octubre del 2017, a las 17:00 horas, Jorge Abel Becerra se dirige a la vivienda de su ex pareja, ingresa y agrede con golpes de puños a la mujer, que se hallaba dentro del baño junto a su hija. La Policía Provincial se hizo presente en el lugar y procedió a la aprehensión del agresor.

La Defensora Oficial es Silvia Mariel Annecchini.

El Juez de Audiencia, Carlos Alberto Besi, condenó a Jorge Abel Becerra a la pena de (1) un año y (6) seis meses de prisión en suspenso,  por ser autor material y penalmente responsable de los delitos de lesiones leves calificadas por haberse perpetrado en un contexto de violencia contra las mujeres y por haber mantenido una relación de pareja en concurso real con violación de domicilio y daño simple (artículos 89 en relación con el 92 y 80 inciso 1º, 150, 183, 55 y 45), todo ello enmarcado en la Ley 26485 de Protección Integral a las Mujeres, en perjuicio de su ex pareja concursando en forma real con el delito de lesiones leves (artículo 89 y 55 del Código Penal), en perjuicio de F.A.R,  sin costas (Arts. 40 y 41 del CP; 355, 474, 475 del C.P.P.) y le impuso a Becerra el cumplimiento de reglas de conducta por el término de (2) dos años (27 bis inc. 1º, 2º y 6º del C.P), consistentes en fijar residencia, someterse al cuidado de la Unidad de Abordaje Orientación y Supervisión de personas en conflicto con la ley penal, abstenerse de relacionarse de modo alguno, personalmente, por teléfono ni por ningún otro medio virtual (mensajes de textos Internet) con su ex pareja, como así la restricción absoluta de acercamiento a una distancia no menor a 200 metros del domicilio y someterse a un tratamiento psicológico relacionado con la problemática por el cual es condenado en caso de recomendación médica.

Prensa MPF


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