22/9/2017
Prisión por robo calificado por escalamiento en grado de tentativa
En el Centro Judicial de Santa Rosa se conoció la sentencia en la causa seguida a Cesar Ezequiel Sosa (24 años), por el delito de robo calificado por escalamiento en grado de tentativa.

El Fiscal, Facundo Bon Dergham, calificó el accionar de Sosa en el delito de robo calificado por escalamiento en grado de tentativa, contemplado en los arts. 164, 167 inc. 4º en relación con el 163 inc. 4º, y 42, todos del Código Penal y solicitó la pena de (1) un año y (6) seis meses de prisión de acuerdo a lo dispuesto en los arts. 355, del Código Procesal Penal y 40 y 41 del Código Penal. Asimismo, teniendo en cuenta que Cesar Ezequiel Sosa fue condenado, mediante sentencia el día 16 de abril de 2017, a la pena de (6) seis años de prisión, es que solicitó se le imponga en definitiva, la pena única de (6) seis años de prisión, revocándose la libertad condicional de la que venía gozando.
El día 8 de septiembre de 2017 a las 08.40 horas, Cesar Ezequiel Sosa ingresó a una vivienda en el Pasaje Borrego de la ciudad de Santa Rosa, previo escalar un tapial perimetral del patio trasero, de 1,60 a 2,00 metros de altura, en circunstancias en que una mujer se encontraba cuidando dos menores de edad, con intenciones de apoderarse de elementos que se encontraban en el interior de la vivienda. Al no poder hacerlo, dañó una ventana, siendo sorprendido allí. Al darse a la fuga dejó en el patio de la vivienda una bolsa conteniendo un sachet de yogurt, que momentos antes había comprado en un comercio de la zona.
La Defensora Oficial es Paula Arrigone.
El imputado reconoció la existencia y la autoría de los hechos.
La Jueza, María Florencia Maza, condenó a Cesar Ezequiel Sosa a la pena de (1) un año y (6) seis meses de prisión, por resultar autor material y penalmente responsable del delito de robo calificado por escalamiento en grado de tentativa (arts. 164, 167 inc. 4º en relación con el 163 inc. 4º, y 42, todos del Código Penal), unificando la pena impuesta, con la dictada el día 16 de abril de 2013, por el que se lo condenó a la pena de (6) seis años de prisión, imponiéndole en definitiva la pena única de (6) seis años y (1) un mes de prisión, declarándolo reincidente (arts. 58 y 50 del Código Penal), sin costas y ordeno revocar la libertad condicional de la que viene gozando y que le fuera concedida el día 07 de marzo de 2017.
Prensa MPF