21/9/2017
Condena y unificación de penas por el delito de lesiones leves calificadas
En el Centro Judicial de Santa Rosa se realizó la audiencia de lectura de sentencia en la causa seguida a Carlos Daniel Duprat (28 años), por el delito de lesiones leves calificadas.

El Fiscal, Andrés Torino, calificó el accionar de Duprat por el delito de lesiones leves calificadas por el vínculo en concurso real con el delito de daño simple, artículos 89, en relación con el art. 92 y 80 inciso 1º, 55 y 183 todos del Código Penal y solicitó una pena de (8) ocho meses de prisión, sin costas (arts. 375, 498 y 499 del Código Procesal Penal). Se debe tener presente que el imputado ha sido condenado por el Tribunal Oral en lo Criminal Federal, por sentencia el día 24 de junio de 2016, como autor penalmente responsable del delito de tenencia ilegal de estupefacientes con fines de comercialización, a la pena de (4) cuatro años de prisión y una multa de($ 1000) mil pesos, por el hecho ocurrido el día 13 de junio de 2015, en la ciudad de Santa Rosa, (arts. 5º, inc, “c” de la Ley 23.737, 5, 12, 29 inc.3º, 40, 41, 45 y 55 del C.P y 401, 403, 530, 531 y concordantes del C.P.P.N.), con una pena unificada de (4) cuatro años de prisión y multa de ($1.000) mil pesos.
El día 18 de agosto de 2014, en la calle Salesianos casi Maestros Puntanos de la ciudad de Santa Rosa, Carlos Daniel Duprat circulaba al mando de un automotor e intentó atropellar a su ex pareja quién caminaba por el lugar junto a uno de sus hijos. Es allí que la damnificada y su hija suben a la vereda, toma un ladrillo y se lo tira a Duprat, impactando en el vidrio de atrás del automotor, del lado del conductor. Carlos Daniel Duprat se ofusca, descendiendo del vehículo y le propina un golpe de puño en el ojo derecho, la agarra de los pelos tirándola al piso y la arrastra por la calle al mismo tiempo que la insultaba. Asimismo se le atribuye a Duprat el haber ingresado sin ejercer fuerza en la vivienda de la calle Callaqueo de la ciudad de Santa Rosa, dañando elementos de pertenencia de la nombrada como un equipo de música marca Philips y un televisor de 21 pulgadas marca Tonomac.
El Defensor Oficial es Pablo De Biasi.
El Juicio Abreviado fue acordado por el Fiscal, el Defensor y el imputado.
El Juez de Audiencia Miguel Ángel Gavazza, admitió el acuerdo de juicio abreviado conforme lo determina el artículo 378 del Código Procesal Penal y condenó a Carlos Daniel Duprat, como autor material y penalmente responsable del delito de lesiones leves calificadas, en concurso real con daño, artículos 89, 92 en relación con el 80 inciso 1º, 55 y 183, todos del Código Penal, a la pena de (8) ocho meses de prisión, sin costas (arts. 375, 498 y 499 del C.P.P.) y unificó la pena fijada en el punto anterior con la dictada por el Tribunal Oral en lo Criminal Federal el día 24 de junio de 2016, por la que se condenó a Duprat a la pena única de (4) cuatro años de prisión y una multa de ($1000) mil pesos con más la accesoria de inhabilitación absoluta por el tiempo de la condena, e imponer como pena única de (4) cuatro años de prisión y una multa de ($1000) mil pesos, más las accesorias y la inhabilitación absoluta por el tiempo de la condena, (artículo 58, primer supuesto del Código Penal).
Prensa MPF