15/9/2017
Formalización y prisión preventiva por Estafa
El día jueves 14 de septiembre de este año, a las 12 horas, en la Sala de Audiencias N° 2 del edificio de Tribunales de General Pico, se llevó a cabo la audiencia de formalización correspondiente al presente caso, en el que se encuentra involucrada una persona de sexo masculino, llamado J.D.S., por la presunta comisión de un hecho de Estafa, que damnifica a una empresa radicada en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, e involucra al Banco de la Nación Argentina.

La causa se encuentra tramitándose en la órbita de la Agencia Especializada de Delitos Económicos y contra la Administración Pública, en la Fiscalía General, a cargo del Fiscal General Armando Agüero.
El imputado arribó a la Fiscalía, a los efectos de realizarse el acto contemplado en el art. 231 CPP, en calidad de detenido, designando como abogado defensor al letrado particular Fernando Guevara. El encausado tiene domicilio en la ciudad de La Plata (Provincia de Buenos Aires), donde fue aprehendido días atrás, conforme la orden de captura oportunamente dispuesta por el Juez de Control Alejandro Gilardenghi, a pedido del Fiscal General.
Se le endilga al señor J.D.S., en calidad de instigador o coautor, haber desapoderado de una considerable suma dineraria a la empresa antes mencionada, mediante una maniobra ardidosa desplegada en connivencia con otras dos personas (al menos), quienes también se encuentran imputadas en la causa, logrando que -mediante una nota falsa- se retiren varias chequeras de la sucursal de la localidad de Quemú Quemú (La Pampa) del Banco de la Nación Argentina (en el que dicha persona jurídica tiene la cuenta correspondiente), el día 30 de marzo de 2017, para luego presentarse al cobro y ser pagados -el día posterior- gran cantidad de cheques pertenecientes a dichos talonarios, en sucursales de ese banco situadas en localidades del conurbano bonaerense.
En la audiencia en cuestión, el Juez de Control Heber Pregno -por petición del Dr. Agüero- dispuso tener por formalizada la IFP respecto del encausado de mención, por el delito de Estafa (art. 172 CPP), y le aplicó la prisión preventiva por el término de 15 días corridos (no obstante la petición del MPF de que dicha medida de coerción se extendiera por el término procesal de realización de la Investigación Fiscal Preparatoria -90 días-); asimismo, conforme lo solicitado por la Fiscalía, ordenó la realización de medidas probatorias, como prueba jurisdiccional anticipada.