21/8/2017
Seis meses de efectivo cumplimiento por robo simple
En el Centro Judicial de Santa Rosa se realizó la audiencia de lectura de sentencia en la causa seguida a Horacio Damián Quiroz (29 años) y Néstor Gustavo Rodríguez (30 años), por el delito de robo simple y resistencia a la autoridad.

El Fiscal, Facundo Bon Dergham, fundamentado en las evidencias existentes, calificó el accionar de Néstor Gustavo Rodríguez, como constitutivo del delito de robo simple (Art. 164 del Código Penal) en carácter de coautor (Art. 45 del C.P.), en concurso real (Art. 55 del C.P.) con el delito de resistencia a la autoridad (Art. 239 del C.P.) en concurso ideal (Art. 54 del C.P.) con lesiones leves calificadas (Arts. 89 en relación con los arts. 92 y 80 inc. 8 del C.P.), en carácter de autor (Art. 45 del C.P.) y solicitó una pena de seis (6) meses de prisión de efectivo cumplimiento, manteniendo su condición de reincidente, con costas (Arts. 377, 382 y 475 del C.P.P., 27, 40, 41 y 50 del C.P.).
Asimismo, calificó el accionar de Horacio Damián Quiroz, como constitutivo del delito de robo simple (Art. 164 del C.P.), en carácter de coautor (Art. 45 del C.P.) y solicitó una pena de seis (6) meses de prisión de ejecución condicional, con costas (Arts. 377, 382 y 475 del C.P.P y 26, 40 y 41 del C.P..) y la imposición de las siguientes reglas de conducta por el término de dos (2) años, deberá fijar residencia y someterse al cuidado de Ente de Políticas Socializadoras para personas en conflicto con la Ley Penal (art. 27 bis inc. 1º del C.P.).
El día 15 de noviembre de 2014 a las 23.15 horas, Horacio D. Quiroz y Néstor G. Rodríguez en calle Juan Vaira de la ciudad de Santa Rosa, previo violentar la puerta de ingreso de una vivienda con una llave cruz y una vez en el interior sustrajeron varios elementos entre ellos un televisor, una notebook y una play station 3, dándose a la fuga en un vehículo marca Fiat. Lográndose posteriormente la detención de los imputados en la intersección de calles Pavón y Santa Cruz.
El Defensor particular es Gastón Eduardo Gómez.
El Juez de Audiencia, Carlos Alberto Besi, condenó a Néstor Gustavo Rodríguez, a la pena de (6) seis meses de prisión de efectivo cumplimiento, manteniendo su condición de reincidente (artículo 50 del Código Penal) por ser autor material y penalmente responsable del delito de robo simple (Art. 164 del Código Penal) en carácter de coautor (Art. 45 del C.P.), en concurso real (Art. 55 del C.P.) con el delito de resistencia a la autoridad (Art. 239 del C.P.) el que concursa en forma ideal (Art. 54 del C.P.) con el delito de lesiones leves calificadas (Art. 89 en relación con los arts. 92 y 80 inc. 8 del C.P.), en carácter de autor (Art. 45 del C.P.), con costas (Artículos 355, 474 y 475 del C.P.P.) y condenó a Horacio Damián Quiroz, a la pena de (6) seis meses de prisión de ejecución condicional por ser autor material y penalmente responsable del delito de robo simple (Art. 164 del C.P.),en carácter de coautor (Art. 45 del C.P.); con costas (Artículos 355, 474 y 475 del C.P.P.) y le impuso el cumplimiento de reglas de conducta por el término de (2) dos años (art. 27 bis inc. 1º del C.P.).
Prensa MPF