7/8/2017
Violencia de Género: Lesiones leves agravadas a su ex pareja
En el Centro Judicial de Santa Rosa se realizó la audiencia de lectura de sentencia en la causa seguida a Luciano Parodi (31 años), por el delito de lesiones leves agravadas por la relación de pareja (artículo 89 en relación con el 92 y 80 inciso 1º del Código Penal).

El Fiscal, Walter Martos, ha encuadrado el accionar de Parodi en el delito de lesiones leves agravadas por la relación de pareja (artículo 89 en relación con el 92 y 80 inciso 1º del Código Penal) y solicitó una pena de (1) un año de prisión de ejecución condicional, sin costas, (arts. 377, 382 y 475 del C.P.P. y arts. 26, 40 y 41 del C.P.) y (2) dos años de cumplimiento de las reglas de conductas previstas por el artículo 27 bis inciso 1º y 2º del Código Penal en cuanto deberá fijar residencia y abstenerse de relacionarse de modo alguno con su ex pareja.
El día 7 de abril de 2016 a las 17:30 horas, en la calle Autonomista de la ciudad de Santa Rosa, Luciano Parodi en momentos en que se encontraba junto con su pareja, previa una discusión, golpeó a la víctima en el suelo y con un cuchillo tipo “tramontina” le aplicó puntazos en su espalda, ocasionándole lesiones y heridas en la región lumbar derecha.
El Defensor Oficial en lo penal, es Martín García Ongaro.
El Juez de Control, Gabriel Lauce Tedin, condenó a Luciano Parodi por el delito de lesiones leves agravadas por la relación de pareja (artículo 89 en relación con el 92 y 80 inciso 1º del Código Penal), a la pena de (1) un año de prisión de ejecución condicional, sin costas (artículos 355 del Código Procesal Penal y 26, 40 y 41 del Código Penal) y le impuso reglas de conducta por el término de (2) dos años, bajo apercibimiento de revocarle la condicionalidad de la pena impuesta: fijar residencia y abstenerse de relacionarse de modo alguno con su ex pareja (artículo 27 bis, inciso 1º y 2º del Código Penal).
Prensa MPF