20/7/2017
Estafa mediante retiro y uso de chequeras: formalización y preventiva
La Agencia Especializada de Delitos Económicos y contra la Administración Pública, en la órbita de la Fiscalía de General Pico, a cargo del Fiscal General Armando Agüero, se encuentra a cargo de la investigación del presente caso, en cuyo marco se procura esclarecer la responsabilidad del -por ahora- único imputado (N.G.G.A.), así como de otras personas, en la comisión de un ilícito de Estafa, perpetrado en el mes de marzo de este año, en la localidad de Quemú Quemú, en perjuicio de una empresa (sociedad anónima) con domicilio en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Al involucrado de mención se le imputó, tanto en el MPF (declaración de imputado -art. 231 CPP-), como en la audiencia de formalización (art. 263 CPP) -ambos actos llevados a cabo el día 18 de julio de 2017-, la comisión de dicho hecho delictivo, en calidad de autor, consistente en haber obtenido, mediante una maniobra engañosa, varias chequeras pertenecientes a la cuenta bancaria de la empresa damnificada, radicada en la sucursal de la localidad de Quemú Quemú del Banco de la Nación Argentina, y despues, conjuntamente con terceros, haber cobrado gran parte de esos valores, en sucursales del mismo banco, situadas en distintas ciudades de la zona del conurbano bonaerense.
El encausado fue detenido en la localidad de City Bell, situada en la provincia de Buenos Aires, dada la orden de captura vigente, dispuesta por el Juez de Control Dr. Heber Pregno, a pedido del MPF. El imputado es defendido técnicamente por el Defensor General Guillermo Horacio Costantino, quien en los precitados actos procesales fue subrogado por el Defensor General Carlos Alejandro Caram.
En atención a las peticiones del Fiscal General, el Juez de Control a cargo de dicha audiencia, el Dr. Heber Alcides Pregno, tuvo por formalizada la Investigación Fiscal Preparatoria, respecto de N.G.G.A., por el delito de ESTAFA, aplicándole la prisión preventiva por el término de 30 días corridos, y disponiendo asimismo medidas probatorias, en calidad de prueba jurisdiccional anticipada.