7/6/2017

Amenazas calificadas por el uso de arma y unificación de penas

En el Centro Judicial de Santa Rosa se conoció la sentencia en la causa seguida a Roberto Pascual Verón (70 años), por los delitos de amenazas calificadas por el uso de arma.

El Fiscal, Andrés Eduardo Torino, acusó a Verón, de ser penalmente responsable de los delitos de amenazas calificadas por el uso de arma (art. 149 bis, primer párrafo, segundo supuesto, del C.P.). Lesiones leves calificadas por el vínculo (art. 89 en relación con el art.92 y 80 inc.1 del C.P.) y Tenencia de armas de uso civil y de uso civil condicionado, sin autorización legal (art. 189 bis, inc. 2º, primer y segundo párrafos del C.P.), en concurso real entre sí (art.55 del C.P.), hechos que deben ser valorados en el marco de la Ley 26485 de Protección Integral de las Mujeres y solicitó una pena de (2) dos años de prisión y revocar la condicionalidad de la pena impuesta  en la sentencia del 02 de mayo del año 2013, por la que se condenó a Verón a la pena de (3) tres años de prisión de ejecución condicional (art. 27 del C.P.) y en consecuencia solicitó se unifiquen las mismas e imponga en definitiva la pena única de (3) tres años de prisión de efectivo cumplimiento (art. 58 del C.P.) sin costas (arts. 40 y 41 del C.P. y arts. 355, 474 y 475 del C.P.P.).   

El día 10 de mayo del año 2014, en horas de la noche, Roberto Pascual Verón, luego de haber cenado con su familia en su domicilio, agredió físicamente a su esposa con un golpe de puño en la cabeza, el brazo izquierdo y debajo de la zona de las costillas. Con posterioridad tomó un arma de fuego marca Winchester 44 y le manifestó a la damnificada "Te voy a cagar un tiro”.

El día 15 de mayo de 2014, personal Policial  secuestro dos armas de fuego- una marca Winchester, calibre 44, conteniendo en su interior 5 proyectiles y una escopeta marca Centauro, calibre 28, en poder de Fabricio Nicolás Verón, las que resultaron ser de propiedad de Roberto Pascual Verón, quien carece de todo tipo de documentación y autorización legal para su tenencia  o portación.

La Defensora oficial es Silvina Blanco Gómez.

El imputado admitió ser autor de los hechos ilícitos por los que se lo acusa.

La Jueza de Audiencia, Alejandra Flavia Ongaro, condenó a Roberto Pascual Verón, como autor material y penalmente responsable de los delitos de amenazas calificadas por el uso de arma- art. 149 bis, primer párrafo, segundo supuesto, del C.P. Lesiones leves calificadas por el vínculo- art.89 en relación con el art.92 y 80 inc.1 del C.P.- y Tenencia de armas de uso civil y de uso civil condicionado, sin autorización legal -art. 189 bis, inc. 2º, primer y segundo párrafos del C.P.-, en concurso real entre sí -art.55 del C.P.-, hechos que deben ser valorados en el marco de la Ley 26485 de Protección Integral de las Mujeres,  a la pena de (2) dos años de prisión y unificó la sentencia del 02 de mayo de 2013, por la que se condenó al nombrado a la pena única de (3) tres años de prisión de efectivo cumplimiento (art. 58 del C.P.), sin costas (arts. 40 y 41 del C.P.) y ( arts. 355, 474 y 475 del C.P.P.).

Prensa MPF


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