28/3/2017

Condena por lesiones leves calificadas y amenazas simples a su pareja

En el Centro Judicial de Santa Rosa se conoció la sentencia en la causa seguida a Marcelino Manuel Antón (30 años), por el delito de lesiones leves calificadas y amenazas simples.

El Fiscal, Walter Martos, acusó a Antón, como autor del delito de lesiones leves calificadas y amenazas simples, concursando ambos en forma real (artículo: 89 en relación con el 92 y 80 inciso 1º; 149 bis, primer párrafo, primer supuesto; y 55; todos del Código Penal), valorados en el marco de la ley Nº 26.485 de Protección Integral contra la Mujer, respecto de su pareja y por el delito de lesiones leves y amenazas simples en concurso real (artículos: 89; 149 bis, primer párrafo, primer supuesto; y, 55; todos del Código Penal) respecto de una mujer. En cuanto a la pena, solicitó una pena de (1) un año de prisión en suspenso, con costas, de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 355 del Código Procesal Penal y 40 y 41, del Código Penal y (2) dos años de cumplimiento de reglas de conducta, de conformidad con lo establecido en los incisos 1, 2 y 3; del artículo 27 bis, del Código Penal.

El día 10 de febrero de 2017 a las 02:00 horas, en momentos en que Marcelino Manuel Antón se encontraba con su pareja, en el domicilio de la calle 1° de mayo de esta ciudad, la golpeó con un cinto y con golpes con la mano abierta y con el puño cerrado, provocándole diversas lesiones, todo mientras le manifestaba que "no iba a parar hasta matarla" en ese momento arribó una mujer a quién este comenzó a agredir mediante golpes de puño, tomándola fuertemente del cabello, la golpeó en la espalda con una silla espalda y luego le dobló el brazo izquierdo, lo que le provocó lesiones, todo esto mientras le decía que la mataría.

El Defensor particular es Leandro Emilio Lobato Espinal.

El imputado reconoció la existencia de los hechos que se le endilga y la autoría de los hechos.

La resolución del magistrado fue a raíz de un pedido de Juicio Abreviado.

 El Juez, Néstor Daniel Ralli, condenó a Marcelino Manuel Antón, a la pena de (1) un año de prisión de ejecución condicional, por resultar autor material y penalmente responsable del delito de lesiones leves calificadas y amenazas simples, concursando ambos en forma real (artículo: 89 en relación con el 92 y 80 inciso 1º; 149 bis, primer párrafo, primer supuesto y 55; todos del Código Penal) en perjuicio de su pareja y por el delito de lesiones leves y amenazas simples en concurso real (artículo: 89; 149 bis, primer párrafo, primer supuesto; y, 55; del Código Penal) respecto de una mujer; con costas (artículo 355, del Código Procesal Penal) y le impuso el cumplimiento de reglas de conducta por el término de (2) dos años, bajo apercibimiento en caso de incumplimiento, de revocarle la condicionalidad de la condena impuesta.

Prensa MPF


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