8/3/2017
Condenado por dos hechos de Estafa
El día 1° de marzo del año en curso, el Juez de Audiencia Dr. Marcelo Luis Pagano, en ejercicio unipersonal de la jurisdicción, condenó a Emiliano Adrián García a cumplir la pena de seis meses de prisión de ejecución condicional, por sostener su autoría y culpabilidad respecto de dos ilícitos calificados como Estafa, perpetrados en perjuicio de dos personas domiciliadas en General Pico.

La audiencia de debate correspondiente a las dos causas en que se investigó el accionar del ahora condenado, se llevó a cabo el día 20 de febrero de este año. El señor García se domicilia en la localidad de Beazley, Provincia de San Luis. Los damnificados resultan ser de apellido López y Luis.
En cuanto a uno de los legajos, el Dr. Pagano tuvo por probada la comisión del siguiente hecho:
Que el 3/10/2015, previas negociaciones vía telefónica, Emiliano Adrián GARCÍA se hizo presente en el domicilio de LÓPEZ, sito en esta ciudad, suscribiendo ambos un contrato de compra-venta de un colectivo tipo “motor home” marca Mercedes Benz, por un monto de $ 317.000 -propiedad de LÓPEZ-, los que fueron abonados por el encartado con 3 cheques de pago diferido por $ 105.900, cada uno del Banco Credicoop Filial Gutiérrez, con domicilio de pago en Maipú (provincia de Mendoza) y pertenecientes a la cuenta corriente de una sociedad anónima; acto seguido el acusado se retiró con el rodado adquirido y al momento de ser presentados al cobro por el denunciante, los cartulares fueron rechazados por encontrarse adulterados y por tener denuncia policial por sustracción, concretándose así la maniobra ardidosa desplegada por el acusado, que consistió en inducir a engaño al damnificado aparentando crédito y de esta forma lo desapoderó de su rodado ocasionándole, ante el rechazo de los cheques, un perjuicio económico.
Respecto del segundo legajo, el Juez de mención tuvo por acreditado este ilícito:
Que el día 10/10/2015, previas negociaciones telefónicas, Emiliano Adrián GARCÍA se hizo presente en el domicilio del señor de apellido LUIS, sito en esta ciudad, suscribiendo ambos un contrato de compra-venta de 8 kartings marca Indor, con motores Honda y chasis Vara, por un monto de $ 187.000 -propiedad de LUIS-, los que fueron abonados por el encartado con 2 cheques de pago diferido por $ 98.000 y $ 89.000 respectivamente, ambos del Banco Credicoop Filial Gutiérrez, con domicilio de pago en Maipú (provincia de Mendoza) y pertenecientes a la cuenta una sociedad anónima; acto seguido, el acusado se retiró con los karting adquiridos y al momento de ser presentados al cobro por el denunciante, los cartulares fueron rechazados por encontrarse adulterados y por tener denuncia policial por sustracción, concretándose así la maniobra ardidosa desplegada por el acusado, que consistió en inducir a engaño al damnificado aparentando crédito y de esta forma lo desapoderó de sus rodados ocasionándole, ante el rechazo de los cheques, un perjuicio económico.
La constatación que hizo el magistrado, con grado de certeza, de la comisión de estos hechos, por parte de García, se debió a las evidencias suficientes y de relevancia reunidas por la Fiscal que estuvo a cargo de ambos procesos, Dra. Ivana Soledad Hernández. La defensa técnica del condenado es desempeñada por el Defensor General Dr. Guillermo Costantino.
De esta manera, el Juez Pagano falló:
-Condenando a Emiliano Adrián GARCÍA, como autor material y penalmente responsable del delito de ESTAFAS REITERADAS en CONCURSO REAL -dos hechos-, a la pena de SEIS MESES DE PRISION DE EJECUCIÓN CONDICIONAL.
-Imponiendo al prenombrado la siguiente regla de conducta por el término de 2 años: fijar residencia y no modificarla sin previo aviso al juez competente, y someterse al cuidado de un patronato de liberados.