23/2/2017

Amenazas agravadas por el uso de arma y desobediencia judicial

En el Centro Judicial de Santa Rosa se realizó la audiencia de lectura de sentencia en la causa seguida a Tomás Andrés Fernández (22 años), por los delitos de amenazas simples -en dos oportunidades-, amenazas agravadas por el uso de arma y desobediencia judicial. 

El Fiscal, Walter Martos, calificó el accionar de Tomás Andrés Fernández como constitutivo del delito de amenazas simples -en dos oportunidades-, amenazas agravadas por el uso de arma y desobediencia judicial -en dos oportunidades-, concursando todos en forma real (artículos 149 bis, primer párrafo, primer supuesto; 149 bis primer párrafo, segundo supuesto; 239 y 55, todos del Código Penal).y solicitó se le imponga una pena de (1) un año de prisión de ejecución condicional y (2) dos años de cumplimiento de las reglas de conducta prevista por el artículo 27 bis inciso 1º, 2º y 6º del Código Penal, esto es fijar residencia, someterse a la asistencia de la Unidad de Abordaje, Orientación y Supervisión de personas en conflicto con la Ley; abstenerse de relacionarse de modo alguno, -personalmente, por teléfono ni por ningún otro medio virtual (mensajes de textos)-, con su ex pareja.

El día 10 de mayo de 2016, a las 19:00 horas, Fernández, llegó a la casa de la calle O´Higgins de la localidad de Toay y ante la negativa de su ex pareja de que pernoctara en la vivienda, comenzó a insultarla, e intimidarla refiriéndole “te voy a matar, no te voy a dejar en paz”, sacando de la cintura un cuchillo, tipo serrucho, marca Tramontina, cabo de madera, el cual acerca a la altura del cuello de la mujer, logrando ésta empujarlo y cerrar la puerta de la vivienda”.

El día 24 de julio del año 2016, a las 08:00 horas Tomás Andrés Fernández se hizo presente en el domicilio de la calle O'Higgins de la localidad de Toay, golpeó la puerta, ingresó al inmueble y cerró la puerta con llave y le solicitó a los damnificados dinero a fin de alquilar un departamento; ante la negativa, el imputado se ofuscó y les manifestó que si no le daban dinero los iba a golpear y que no fueran a ningún lado porque de lo contrario los iba a matar e iba a mandar a robar con sus amigos el domicilio, retirándose del lugar. 

El día 27 de julio de 2016, el imputado volvió a hacerse presente en la casa y les pidió dinero, siendo que ante la negativa de los mismos, manifestó "ya van a ver, no me dan plata, van a ver que les va a pasar".
La Defensora oficial es Mariel Annecchini. El imputado, admitió la autoría de los hechos.

Las partes habían solicitado el Juicio Abreviado. 

El Juez de Control, Gabriel Tedín, condenó a Tomás Andrés Fernández, como autor de los delitos de amenazas simples -en dos oportunidades-, amenazas agravadas por el uso de arma, y desobediencia judicial -en dos oportunidades-, concursando todos en forma real (artículos 149 bis, primer párrafo, primer supuesto; 149 bis primer párrafo, segundo supuesto; 239 y 55, todos del Código Penal); en calidad de autor; a la pena de (1) un año de prisión de ejecución condicional, sin costas (artículos 355 del Código Procesal Penal; y 26, 40 y 41 del Código Penal) y le impuso reglas de conducta por el término de (2) dos años, bajo apercibimiento de revocarle la condicionalidad de la pena impuesta: Deberá fijar residencia, someterse a la asistencia de la Unidad de Abordaje, Orientación y Supervisión de personas en conflicto con la Ley; abstenerse de relacionarse de modo alguno, -personalmente, por teléfono ni por ningún otro medio virtual (mensajes de textos)-, con los damnificados y realizar tratamiento terapéutico en la Sub Dirección de Salud Mental y Abordaje de las Adicciones; (art. 27 bis inc. 1º, 2º y 6º del Código Penal) .

Prensa MPF


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