22/2/2017

Homicidio culposo en hecho de tránsito

En el Centro Judicial de Santa Rosa se  conoció la sentencia en la causa seguida a Sergio Luis Villegas (29 años), por el delito de homicidio culposo por la conducción imprudente, negligente o antirreglamentaria de un vehículo automotor en concurso ideal con lesiones leves culposas.

La Fiscal, Cecilia Martini, acusó a Sergio Luis Villegas, de los delitos de homicidio culposo por la conducción imprudente, negligente o antirreglamentaria de un vehículo automotor en concurso ideal con lesiones leves culposas, en perjuicio de quien en vida fuera su acompañante Micaela Joana Rodriguez y por las lesiones que sufrió su hija (3 años), por vulneración a lo establecido en los artículos 39 y 48 inciso “a” de la ley nacional de tránsito (artículo 84 1º y 2º párrafo, 54 y 94 1º párrafo en relación con el 89; todos del Código Penal) y solicitó una pena de (3) tres años de prisión de ejecución condicional y (10) diez años de inhabilitación para conducir todo tipo de vehículo automotor, Incluyendo ciclomotores y maquinarias y (3) tres años de cumplimiento de reglas de conducta, de conformidad con lo establecido en los incisos 1 y 3 del art. 27 bis del Código Penal; con costas, de acuerdo a lo dispuesto en los arts. 355, del Código Procesal Penal y 40 y 41 del Código Penal

El día 13 de mayo de 2016, a las 22:02 horas, Sergio Luis Villegas circulaba al mando de su vehículo Renault 12, por avenida Edison de esta ciudad a una velocidad superior a la permitida legalmente y surge de las probanzas analizadas, que el mencionado conducía el vehículo automotor aludido, con un nivel de alcohol de 1,28 gramos por litro de sangre, según test de alcoholemia a él realizado luego del accidente y luego de trasponer intersección con avenida Ameghino ingresó a la arteria Lagos García donde impactó con una camioneta Dodge, que permanecía estacionada. Como consecuencia del impacto perdió la vida su acompañante Micaela Joana Rodriguez, (27 años), en tanto que su hija de tres años resultó lesionada.

Los Defensores particulares son Paula Mariana Lastiri y Marcelo José Turnes. El imputado reconoció la existencia del hecho que se le endilga y la autoría del mismo.

Se llegó a la sentencia por un Juicio Abreviado, con acuerdo de las partes.

La Jueza de Control, María Florencia Maza, condenó a Sergio Luis Villegas a la pena de (3) tres años de prisión en suspenso y (10) diez años de inhabilitación para conducir todo tipo de vehículo automotor, incluyendo ciclomotores y maquinarias, por resultar autor material y penalmente responsable de los delitos de Homicidio culposo por la conducción imprudente, negligente o antirreglamentaria de un vehículo automotor en concurso ideal con lesiones leves culposas (arts. 84 1º y 2º párrafo, 54 y 94 1º párrafo en relación con el 89; todos del Código Penal) en perjuicio de quien en vida fuera Micaela Joana Rodriguez y por las lesiones que sufrió su hija de apenas 3 años. Con costas (artículo 355 del Código Procesal Penal), atento el ejercicio de su Defensa técnica por parte de Defensores Particulares y le impuso el cumplimiento de las siguientes reglas de conducta por el término de (3) tres años, bajo apercibimiento en caso de incumplimiento, de revocarle la condicionalidad de la condena impuesta.

La legislación prohíbe conducir con una alcoholemia superior a los 500 miligramos por litro de sangre. Ese dato figura en el artículo 48 inciso a) de la Ley Nacional de Tránsito y está mencionado en el fallo.

Prensa MPF


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