17/2/2017
Pena unificada de tres años
En el Centro Judicial de Santa Rosa se realizó la audiencia de lectura de sentencia en la causa seguida a Pablo Daniel Soria (21 años), por los delitos de robo simple en grado de tentativa y encubrimiento.

La Fiscal, Cecilia Martini, acusó a Pablo Daniel Soria, de los delitos de robo simple en grado de tentativa (artículo 164 en relación con el 42 y 45, todos del Código Penal) y encubrimiento por receptación dolosa (artículos 277, inciso 1º, apartado “c”, y 45, del Código Penal) y solicitó una pena de (1) un año de prisión de ejecución condicional, sin costas, de acuerdo a lo dispuesto en los arts. 355, del Código Procesal Penal y 40 y 41 del Código Penal y el cumplimiento de reglas de conducta, de conformidad con lo establecido en los inciso 1 del art. 27 bis del Código Penal.
El día 06 de abril de 2013, a las 06:15 horas, Soria sustrajo una caja acrílica con tres teléfonos celulares en su interior, la cual se hallaba en exhibición en el local comercial ubicado en la calle Coronel Gil de esta ciudad, previo haber causado rotura a uno de los cristales de la vidriera, siendo sorprendido por personal policial con los elementos en su poder en calle Lagos y Gil.
La Defensora Oficial es Mariel Annecchini. El imputado, reconoció la existencia del hecho que se le endilga y la autoría del mismo.
La sentencia se dictó en el marco de un acuerdo de Juicio Abreviado.
El Juez de Control sustituto, Carlos Matías Chapalcaz, condenó a Pablo Daniel Soria a la pena de (1) un año de prisión de ejecución condicional por resultar autor material y penalmente responsable de los delitos de robo simple en grado de tentativa (artículo 164 en relación con el 42 y 45, todos del Código Penal) y encubrimiento por receptación dolosa (artículos 277, inciso 1º, apartado “c”, y 45, del Código Penal) en concurso real (artículo 55 del Código Penal). Sin costas (artículo 355 "a contrario sensu" del Código Procesal Penal), en atención al ejercicio de su Defensa Técnica por parte de la Defensora Oficial y unificó la pena impuesta con la pena dictada en sentencia del día 26 de agosto de 2016, por el Juez de Audiencia, Gastón Boulenaz, imponiendo en definitiva a Pablo Daniel Soria la pena única en (3) tres años de prisión de ejecución condicional (art. 26 C.P.) y (4) cuatro años de inhabilitación para conducir cualquier tipo de vehículo automotor, sin costas (arts. 377, 382 y 475 del C.P.P. arts. 27, 40, 41 Y 58 del C.P.) y le impuso mantener las reglas de conducta por el término de (2) dos años.
Prensa MPF