14/2/2017
Siete años y medio de prisión para el autor de robo calificado
En el Centro Judicial de Santa Rosa se realizó la audiencia de lectura de sentencia en la causa seguida a Jonathan Javier Luna Bustos (22 años), por el delito de robo calificado con el uso de arma.

El Fiscal, Facundo Bon-Dergham, calificó el accionar de Jonathan Javier Luna Bustos en el delito de robo calificado por el uso de arma -en el caso un arma impropia- siendo un cuchillo (art. del 166 inc. 2º, 1º supuesto en relación al art. 164 ambos del C.P.) y robo calificado por el uso de arma de fuego cuya aptitud para el disparo no pudo ser comprobada (art. 166, inc. 2, 1º supuesto en relación con el último párrafo de dicho articulado del C.P.), concursando ambos hechos en forma real entre sí (art. 55 del C.P.) y solicitó una pena de (5) cinco años de prisión, debiendo unificarse con la sentencia impuesta el 30 de octubre de 2015 en la cual se lo condenó a la pena de seis(6) años de prisión de efectivo cumplimiento. Corresponde fijar en definitiva la pena única de (7) siete años y (6) seis meses de prisión, manteniendo su declaración de Reincidencia (arts. 377, 382 474 y 475 del C.P.P.; arts. 27, 40, 41, 50 y 58 del C.P).
El día 2 de septiembre de 2016, a las 20:45 horas, Jonathan Javier Luna Bustos ingresó a la panadería denominada "La Criolla" ubicada en calle Castro de esta ciudad, junto a otra persona que aún no identificado y sustrajo la suma de $2500 de la caja registradora, como así también dos celulares propiedad de las empleadas del comercio, amenazando con una cuchilla que se hallaba sobre una mesa del comercio, siendo que el restante sujeto esgrimía un arma de fuego, las cuales exhibieron a las dos empleadas que se encontraban atendiendo en el lugar y a su propietaria, luego de lo cual se dieron a la fuga llevándose consigo los bienes detallados y además la cuchilla.
El día 3 de septiembre de 2016, a las 19:25 horas, Jonathan Javier Luna Bustos se dirigió al comercio denominado "Main – Mann” ubicado en calle Castro de esta ciudad, junto a una persona que aún no identificado, siendo que éste último ingresó al local y sustrajo la recaudación del día y de las cargas virtuales consistente en la suma aproximada de $3.000, previo esgrimirle a su propietaria un arma de fuego, mientras que Luna Bustos permaneció a la espera y vigilando a bordo de una motocicleta en el exterior del comercio a la espera del restante sujeto, para luego darse a la fuga.
La defensora oficial es Paula Arrigone. El imputado Luna Bustos, reconoció el hecho atribuido y la pena acordada.
El Juez de Audiencia, Carlos Alberto Besi, condenó a Jonathan Javier Luna Bustos a la pena de (5) cinco años de prisión, por ser autor material y penalmente responsable del delito de robo calificado por el uso de arma -cuchillo- (art. 166 inc. 2º, 1º supuesto en relación al art. 164 ambos del C.P.) y robo calificado por el uso de arma de fuego cuya aptitud para el disparo no pudo ser comprobada (art. 166, inc. 2, 1º supuesto en relación con el último párrafo de dicha norma y art. 164, todo del C.P.), concursando ambos hechos en forma real entre sí (art. 55 del C.P.), (Arts. 355, 474 y 475 del C.P.P.), manteniendo su declaración de reincidencia (art. 50 del CP). Unificó la pena impuesta en el punto precedente, con la de (6) seis años de prisión, que le fuera recaída mediante la sentencia del 30 de octubre de 2015 e impuso en definitiva a Luna Bustos la pena única de (7) siete años y (6) seis meses de prisión, manteniendo su declaración de reincidencia.
Prensa MPF