10/2/2017
Penas por el delito de lesiones leves a su ex pareja
Se realizó en el Centro Judicial de Santa Rosa la audiencia de lectura de sentencia en la causa seguida a Marcos Chávez (19 años), por el delito de lesiones leves calificadas por la relación de pareja.

El Fiscal, Marcos Sacco, calificó el accionar de Chávez como constitutivo del delito de lesiones leves calificadas por la relación de pareja, previsto y penado en el art 89 en relación a los art 92 y 80 inciso 1 del C. Penal), debiendo responder en calidad de autor (art. 45 del mencionado cuerpo legal, en perjuicio de su ex pareja y solicitó una pena de (6) seis meses de prisión de ejecución condicional y se fijen reglas de conducta (art. 27 bis del C.P.) por el término de (2) dos años y bajo apercibimiento de revocarle la condicionalidad de la sanción, las siguientes obligaciones: fijar domicilio y someterse al cuidado del Ente de Políticas Socializadoras (ex Patronato de Liberados), imposibilidad de contacto por cualquier medio y prohibición de acercarse a menos de 200 metros de la víctima y de su domicilio y realizar un tratamiento psicoterapéutico.
El día 16 de octubre de 2015 a las 06:00 horas, Marcos Chávez se cruzó en un local bailable de esta ciudad con su ex pareja. Chávez comienza agrediéndola con golpes de puño en la cabeza y patadas. Episodios que ya se venían suscitando en reiteradas oportunidades.
La Defensora oficial es Mariel Anecchinni. El imputado reconoció la existencia del hecho por el cual se lo enjuicia, como su autoría.
La resolución surgió a partir de un acuerdo de juicio abreviado.
El Juez de Control (s), Nicolás Casagrande Lorences, condenó a Marcos Chávez a la pena de (6) seis meses de prisión de ejecución condicional por resultar autor material y penalmente responsable del delito de lesiones leves calificadas por la relación de pareja (art. 89 en relación a los art 92 y 80 inc. 1 del C. Penal) y le impuso reglas de conducta por el plazo de (2) dos años.
Prensa MPF