7/2/2017

Tres años de prisión y diez de inhabilitación por maniobra fatal de tránsito

En el Centro Judicial de Santa Rosa se realizó la audiencia de lectura de sentencia en la causa seguida a María del Carmen García (56 años),  por el delito de homicidio culposo por la conducción imprudente, negligente o antirreglamentaria de un vehículo automotor.

La Fiscal, María Cecilia Martini, calificó el accionar de García, como constitutivo del delito de  homicidio culposo por la conducción imprudente, negligente o antirreglamentaria de un vehículo automotor (Arts. 84 1º y 2º párrafo del C.P.) por vulneración de lo establecido en el art. 39 y 42 de la ley Nacional de tránsito y solicitó se le imponga una pena de (3) tres años de prisión de ejecución condicional y (10) diez años de inhabilitación para conducir todo tipo de vehículo automotor, con costas.

El día 24 de julio de 2016, a las 18:30 horas, María del Carmen García circulaba al mando de su vehículo Renault Clio II, por  Ruta Nacional 35 en sentido norte a sur y a la altura del km 320, en momentos que intentó traspasar a un vehículo que circulaba en su mismo sentido, invadió la contramano en un sector prohibido por la señalización vertical y horizontal existente, e impactó de frente a una motocicleta marca Honda 150cc  en la que circulaba el Ingeniero Luis Alberto Argentino Crociara González, que como consecuencia del impacto perdió la vida.

La Defensora oficial es Silvia Mariel Anecchini. María del Carmen García reconoció la existencia del  hecho por el cual se la enjuicia, como así también su autoría.

La resolución del Juez fue consecuencia de haberse declarado admisible una solicitud de juicio abreviado.

Juez de Control, Nicolás Casagrande Lorences, condenó a María del Carmen García, como autora del delito de homicidio culposo por la conducción imprudente, negligente o antirreglamentaria de un vehículo automotor (Arts. 84 1º y 2º párrafo del C.P.), por vulneración de lo establecido en el art. 39 y 42 de la ley Nacional de tránsito, a la pena de (3) tres años de prisión de ejecución condicional y (10) diez años de inhabilitación para conducir todo tipo de vehículo automotor, con costas (arts. 474 y 475 C.P.P.) y le impuso a García reglas de conducta por el término de (2) dos años de inhabilitación bajo apercibimiento de revocarle la condicionalidad de la pena impuesta.

Prensa MPF


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