14/11/2016
Tres años de prisión por lesiones leves calificadas y amenazas a su pareja
En la audiencia realizada en el Centro Judicial de Santa Rosa, se conoció la sentencia en la causa seguida a Matías Jesús Corral (20 años), por el delito de lesiones leves calificadas por el vínculo y por amenazas agravadas con armas.

El Fiscal, Andrés Torino, acusó a Corral, como autor de los delitos de lesiones leves calificadas por el vínculo y calificadas por la relación de preeminencia que tendría el autor sobre la víctima, basándose en cuestiones de género -dos hechos independientes entre si-, amenazas simples y amenazas agravadas con armas, todos hechos independientes que concursan realmente entre sí (artículos: 89 en relación con el 92 y 80 incisos 1 y 11; 149 bis, 1º párrafo, 1º y 2º supuestos; y 55; todos del Código Penal). En cuanto a la pena, el Fiscal, solicitó (3) tres años de prisión de ejecución condicional y (3) tres años de cumplimiento de las reglas de conductas previstas por el artículo 27 bis, incisos 1º, 2º y 6º; del Código Penal, debiendo fijar domicilio y someterse al cuidado del ente de políticas socializadoras, abstenerse de relacionarse de modo alguno, personalmente, por teléfono ni por ningún otro medio virtual (mensajes de texto), con la víctima y someterse a un tratamiento psicológico; con costas, de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 355, del Código Procesal Penal y 26, 40 y 41 del Código Penal.
El día 24 de agosto de 2016, a las 18:00 horas, Matías Jesús Corral se encontraba en la habitación de la vivienda, en la calle Paraná de la ciudad de Santa Rosa y tomó del cuello a su ex pareja, comenzando a arrancarle el cabello, mientras le manifestaba: “vas a estar conmigo, esto no se va terminar, porque nos amamos”. El imputado le propinó golpes de puño sobre la cara y un golpe en el estómago de la mujer.
Asimismo, en una oportunidad, Corral cargo el arma reglamentaria y mientras rozaba el rostro de la víctima, le dijo “... te voy a matar, yo voy a ir preso pero vos vas a estar muerta”.
El Defensor particular es Sebastián Mendiara. El imputado reconoció la existencia de los hechos que se le endilga y la autoría de los mismos.
El Juez, Néstor Daniel Ralli, condenó a Matías Jesús Corral, a la pena de (3) tres años de prisión de ejecución condicional, con costas (artículos 355, 474 y 475, del Código Procesal Penal; artículos 27, 40 y 41, del Código Penal) como autor material y penalmente responsable del delito de lesiones leves calificadas por el vínculo y calificadas por la relación de preeminencia que tendría el autor sobre la víctima en dos hechos independientes entre sí. Por amenazas simples y amenazas agravadas con armas, todos hechos independientes que concursan realmente entre sí (artículos: 89 en relación con el 92 y 80 incisos 1 y 11; 149 bis, 1º párrafo, 1º y 2º supuestos; y 55; todos del Código Penal) y le impuso reglas de conducta por el término de (3) tres años.
Prensa MPF