11/11/2016

Penas por violencia hacia la mujer

Se realizó la audiencia de lectura de sentencia en la causa seguida a Héctor Rafael Rios (34 años), por el delito de lesiones leves, agravadas por haber sido cometido contra su ex pareja.

El Fiscal, Andrés Torino, acusó a  Héctor Rafael Rios, por el delito de lesiones leves calificadas por la relación de pareja (artículo 89, en relación con los artículo 92 y 80.1 del C.P., enmarcado en la ley 26.485) de violencia contra las mujeres y solicitó una pena de (6) seis meses de prisión de ejecución condicional (artículo 26 C.P.) y el cumplimiento de reglas de conducta (artículo 27 bis. C.P.), por el plazo de (2) dos años.

El día 31 de marzo de 2015, a las 14:30 horas, en una vivienda que compartían el imputado y la víctima, ubicada en la calle Santiago Marzo de esta ciudad, se inició una discusión y luego un forcejeo. Rios  tomó por la fuerza a la mujer, empujándola.  En el momento en que intentaba levantarse  le propinó una patada en el pecho, generándole lesiones que fueron certificadas.

El imputado contó con la Defensa particular de Gastón Gómez.

El Juez de Audiencia, Andrés Aníbal Olié, condenó Héctor Rafael Rios, como autor material y penalmente responsable del delito de lesiones leves, agravadas por haber sido cometido contra su esposa (artículo 89, 92 y 80.1 del C.P.), a la pena de (6) seis meses de prisión de cumplimiento condicional, con costas (artículos 26, 27 y 29 inciso 3) del C.P. y artículo  355, 474 y 475 del C.P.P.). En el fallo, se le impuso a Rios, la obligación por el término de (2) dos años, de fijar domicilio y presentarse mensualmente ante el Ente de Políticas socializadoras (artículo 27 bis incisos 1) del Código Penal.

Prensa MPF


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