9/11/2016

A prisión por robo calificado cometido en poblado y en banda

Se conoció la sentencia en la causa seguida a Alexis Emiliano Juárez Castillo (21 años), por el delito de robo calificado por haberse cometido en poblado y en banda en grado de tentativa.

La Fiscal, Leticia Andrea Pordomingo, acusó a Alexis Emiliano Juárez Castillo, por el delito de robo calificado por haberse cometido en poblado y en banda, en grado de tentativa (arts. 167 inc. 2 y 164, y art. 42 del C.P.) y solicitó una pena a cumplir de (1) un año y (6) seis meses de prisión de efectivo cumplimiento, debiendo unificarse la misma con sentencia impuesta el 26 de noviembre de 2014, mediante la cual se lo condenó a la pena de (1) un año y (6) seis meses de prisión en suspenso, correspondiendo consecuentemente revocar la condicionalidad de dicha pena, fijándose la pena única de (1) un año y (8) ocho meses de efectivo cumplimiento, con costas (Arts. 40, 41, y 58 del CP; 355, 474 y 475 del C.P.P., art. 29 inc. 3) del CP).

El día 23 de octubre de 2016, a las 6:30 horas, en calle 25 de Mayo y Saavedra de la localidad de Toay, Alexis Emiliano Juárez Castillo junto a dos personas que hasta el momento no han sido identificadas, abordaron  a Gustavo Ariel Freidig, que se conducía en motocicleta. Juárez Castillo lo tomó del cuello, lo arrojó al suelo, mientras que otro, que tenía en su poder un elemento, le manifestaba "dame la moto, dame plata, dame todo lo que tengas", logrando la sustracción de la motocicleta, la cual contenía debajo del asiento, una billetera conteniendo aproximadamente $ 900, documentación de la motocicleta, cédula de identificación, licencia de conducir a su nombre, DNI, dos cuchillas, un cargador de teléfono, varias herramientas y un casco de protección, entre otros elementos, emprendiendo la huida en dirección a la ciudad de Santa Rosa siendo aprehendidos por personal de la Policía Provincial en la Av. Perón entre General Acha y Unanue de Santa Rosa, con todos los elementos en su poder. Los elementos secuestrados fueron reconocidos como propios por el damnificado.

Como consecuencia del accionar violento de los imputados, la víctima sufrió traumatismo frontal derecho con herida cortante superficial, excoriación en dedo índice de mano.

El Defensor particular es Carlos Pérez Funes. 

El Juez, Carlos Alberto Besi, condenó a Alexis Emiliano Juárez Castillo a la pena de (1) un año y (6) seis meses de prisión de efectivo cumplimiento, por ser autor material y penalmente responsable del delito de robo calificado por haberse cometido en poblado y en banda en grado de tentativa (art. 167 inc. 2 y art. 164, y 42 del C.P.), con costas (Arts. 355, 474 y 475 del C.P.P. y art. 29 inc. 3) del CP). Revocar la condicionalidad de la pena impuesta en la sentencia del 26 de noviembre de 2014, donde se condenó a Juárez Castillo a la pena de (1) un año y (6) seis meses de prisión en suspenso (arts. 26 y 27 del C.P.), unificando la pena e imponiendo la pena única de (1) un año y (8) ocho meses de prisión de efectivo cumplimiento, con costas (Arts. 355, 474 y 475 del C.P.P. y art. 29 inc. 3) del CP). En el fallo se ordenó mantener la prisión preventiva que se encuentra cumpliendo Juárez Castillo, hasta tanto se encuentre firme la presente sentencia (artículo 252 inc. 2º y 4 del C.P.P.).

Prensa MPF


Volver arriba