4/11/2016
Homicidio simple con exceso en la legítima defensa
En el Centro Judicial de Santa Rosa se realizó la audiencia de lectura de sentencia en la causa seguida a Vanesa Soledad Fredes (24 años), por el delito de homicidio.
La Fiscal, María Cecilia Martiní, acusó a Vanesa Soledad Fredes, del delito de homicidio simple con exceso en la legítima defensa, arts. 79 en relación con el 34 inc. 6º y 35, todos del Código Penal y solicitó una pena de (3) tres años de prisión de cumplimiento en suspenso, de acuerdo a lo dispuesto en los arts. 355, del Código Procesal Penal y 40 y 41 del Código Penal.
El día 2 de agosto de 2016, a las 00.30 horas, Vanesa Soledad Fredes, en una vivienda en la calle España de la localidad de Anguil, dio muerte a su hermana, Claudia Bibiana Fredes, infringiéndole una herida punzante con un cuchillo tipo carnicero, en circunstancias en que la víctima, se presentó en el domicilio de la imputada, ingresando por la fuerza, en forma exaltada, comenzando a golpear a Vanesa Soledad Fredes, la que se encontraba sola con sus hijos menores de edad en su vivienda, tomando un cuchillo que se había caído de la mesada, clavándoselo a Claudia Bibiana Fredes y dándole muerte.
Los Defensores particulares, son Marcelo Piazza y Boris Vlasich.
La Jueza, María Florencia Maza condenó a Vanesa Soledad Fredes, a la pena de (3) tres años de prisión en suspenso, por resultar autora material y penalmente responsable del delito de homicidio simple con exceso en la legítima defensa -arts. 79 en relación con el 34 inc. 6º y 35 todos del Código Penal- en perjuicio de Claudia Bibiana Fredes. En el fallo, se le impuso a Vanesa Soledad Fredes, el cumplimiento de reglas de conducta por el término de (2) dos años, bajo apercibimiento en caso de incumplimiento, de revocarle la condicionalidad de la condena impuesta.
Prensa MPF