24/10/2016

Lesiones graves culposas ocasionadas en hecho de tránsito

En el Centro Judicial de Santa Rosa se realizó la audiencia de lectura de sentencia  en la causa seguida a Mario Evaristo Mora (84 años), por el delito de lesiones graves culposas ocasionadas por la conducción de un vehículo automotor.

La Fiscal, María Cecilia Martini, acusó a Mora por el delito de lesiones graves culposas por la conducción de un vehículo automotor, art. 94 -primer y segundo párrafo- en relación con el art. 90 en relación con el art. 84, segundo párrafo del C.P y solicitó una pena de (1) un año de prisión en suspenso y (2) dos años de inhabilitación para la conducción de todo tipo de vehículo automotor.

El día 9 de noviembre de 2012, a las 9:30 horas, Mario Evaristo Mora se dirigía por la Ruta Nacional Nº 35, a bordo de su vehículo Chevrolet Meriva  en dirección de sur a norte y en forma intempestiva, sin anunciar previamente la maniobra, irrumpió en el carril contrario, realizando un giro hacia la izquierda para ingresar a la altura del acceso de una Estación de Servicio que allí se halla emplazada con intención evidente de ingresar a este lugar y es en esas circunstancias, impactó a un motociclista y le produjo lesiones severas en su cuerpo, dejándole algunas secuelas.

El querellante particular, Oscar Roberto Záccara, coincidió con el encuadre penal y la pena solicitada por la Fiscal.

La Defensora particular es Marina Alvarez.

El Juez de Audiencia, Gastón Boulenaz, condenó a Mario Evaristo Mora, como autor material y penalmente responsable del delito de lesiones graves culposas ocasionadas por la conducción de un vehículo automotor (Art. 94, primer y segundo párrafo), en relación con el art. 90, con el agravante del art. 84 -segundo párrafo- del C.P., a la pena de (1) un año de prisión de ejecución condicional (Art. 26 C.P.) e inhabilitación especial para conducir todo tipo de vehículo motorizados por el término de (2) dos años. Se le impuso a Mora el cumplimiento de reglas de conductas por el término de (2) dos años. Se informó de la inhabilitación dispuesta a la Dirección de Municipalidades de esta Provincia y por su intermedio a quienes corresponda; a la Dirección de Tránsito de las Municipalidades de Santa Rosa; al Registro Provincial de Antecedentes de Tránsito (REPAT) de esta Provincia y al Departamento de Operaciones Policiales Provincial (D-3).

Prensa MPF


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