8/10/2016
Homicidio culposo por la conducción imprudente
En el Centro Judicial de Santa Rosa se realizó la audiencia de lectura de sentencia en la causa seguida a Carlos Eduardo Formenti (57 años), por el delito de homicidio culposo por la conducción imprudente de un vehículo automotor.
El Fiscal, Carlos Ordás, dijo que con su accionar el imputado violó el art. 36 y 48 inc. c) de la ley 24449. Calificó el hecho como constitutivo del delito de Homicidio culposo, art. 84, segundo párrafo, último supuesto del C. Penal, en calidad de autor, art. 45 C. Penal y solicitó se le imponga a Formenti, la pena de (3) tres años y (6) seis meses de prisión y una Inhabilitación de (8) ocho años para conducir todo tipo de vehículo automotor.
El día 22 de abril de 2013, a las 10:20 horas, por Carlos Eduardo Formenti, quien conducía un camión Mercedes Benz con semirremolque por la colectora de Avda. Santiago Marzo y calle Río V de esta ciudad, ingresó por la calle Cavero en contramano, invadiendo el carril de circulación de Verónica Andrea Netto (31 años) que se conducía en bicicleta. Encerrando y arrollando a la damnificada, quien sufrió lesiones que con posterioridad produjeron su deceso.
El Defensor oficial, Pablo Maldini, la Defensa, disintió con la Fiscalía, afirmó que Formenti, estaba ocasionalmente en la ciudad, no conocía la circulación de las calles, cometió un error indirecto e invencible, al creer que la calle donde circulaba era de doble mano como lo es 30 metros anteriores. El Defensor solicitó la absolución y de forma subsidiaria, en caso de aplicarse pena, la misma se haga por el mínimo legal y se lo exima de la prohibición de conducir porque es justamente lo que sabe hacer y con lo que sostiene a su familia.
El Juez de audiencia Carlos Mattei, condenó a Carlos Eduardo Formenti, como autor material y penalmente responsable del delito de homicidio culposo por la conducción imprudente de un vehículo automotor (art. 84 segundo párrafo del C. Penal), a la pena de (3) tres años de prisión de ejecución condicional (art. 26 del C. Penal), e Inhabilitación para conducir todo tipo de vehículo automotor, por el término de (7) siete años. Además se le impuso a Formenti, reglas de conducta por el término de (3) tres años.
Prensa MPF