8/8/2016
Tres años de prisión por el delito de abigeato calificado

El Fiscal, Facundo Bon Dergham, impulsó el Juicio Directo en contra de
Claudio Ezequiel Reyna, por el delito de abigeato calificado por la participación
de tres personas en grado de tentativa. El Fiscal solicitó una pena de (3) tres años de
prisión de ejecución condicional.
El jueves 14 de julio el imputado, junto a un menor de edad y a otro individuo no identificado, encerró en un corral y degolló a un animal vacuno, para luego llevárselo. El animal se encontraba en el predio rural denominado “La Potra”, con ubicación en calle Enriqueta Smith en la zona rural de la capital pampeana. Finalmente el hecho fue impedido en su totalidad por el arribo de los damnificados. Posteriormente los delincuentes fueron aprehendidos por la prevención policial de seguridad rural, mientras emprendían la fuga atravesando sectores del campo.
Pablo Maldini es el Defensor oficial del imputado, quién reconoció la autoría del hecho.
El Juez de Audiencia, Daniel Alfredo Sáez Zamora, condenó a Claudio Ezequiel Reyna a la pena de (3) tres años de prisión de ejecución condicional, por ser autor material y penalmente responsable del delito de abigeato calificado por la participación de tres personas en grado de tentativa, con la agravante genérica del artículo 41 quáter del Código Penal, (por ser cometido con la intervención de menores de dieciocho años de edad). Además, le impuso a Reyna reglas de conducta por el término de (2) dos años.
Prensa MPF