26/4/2016
Condena por lesiones leves calificadas por el vínculo
En el Centro Judicial de Santa Rosa se conoció la sentencia, en la causa seguida a Leonardo Facundo Palacio (21 años), por el delito de lesiones leves calificadas por el vínculo.

La Fiscal, Alejandra Moyano González, acusó a Leonardo Facundo Palacio, de los delitos de lesiones leves calificadas por la relación de pareja preexistente en concurso real con lesiones leves (arts. 89 en relación con el 92 y 80 inciso 1º; 89 y 55; todos del Código Penal) y solicitó una pena de (6) seis meses de prisión en suspenso y (2) dos años de cumplimiento de las reglas de conductas previstas por el artículo 27 bis del Código Penal.
El día 21 de mayo de 2015, a las 23:30 horas, Leonardo Facundo Palacio, comenzó a gritar y golpear al hijo de dos años de edad, de Leila Eleodora Bazán, a tal punto que le hizo sangrar la nariz, interponiéndose Bazán, a fin de evitar que continúe agrediéndolo, siendo ella también agredida, mediante cachetadas en la cara, golpes y rasguños en el pecho. Luego de cesar con dicha acción, Palacio ingresó al baño a bañarse, aprovechando esa oportunidad Bazán para escapar junto a su hijo, dirigiéndose a la vivienda de su progenitora.
Leonardo Facundo Palacio, Leila Eleonora Bazán y su hijo, convivían en la vivienda ubicada en calle San Martín, de la localidad de Telén.
Edgardo Javier Trombicki, es el Defensor oficial de Palacio, quién reconoció la existencia del hecho que se le endilga y la autoría del mismo.
La Jueza, María Florencia Maza, condenó a Leonardo Facundo Palacio, a la pena de (6) seis meses de prisión en suspenso, por considerarlo autor material y penalmente responsable del delito de lesiones leves en concurso real con lesiones leves calificadas por la relación de pareja preexistente. Además le impuso por el término de (2) dos años, la obligación de fijar domicilio y presentarse mensualmente ante el Patronato de Liberados.
Foto: Gentileza de InfoHuella ( Victorica)
Prensa MPF